Reforma laboral de plataformas digitales avanza en el Senado de México
Las Comisiones Unidas del Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos del Senado aprobaron por unanimidad el decreto de reforma laboral en materia de plataformas digitales, luego de que ayer fuera remitido por la Cámara de Diputados.
Durante la tarde del miércoles 11 de diciembre, las Comisiones Unidas del Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos del Senado avalaron por unanimidad el dictamen de reforma laboral en materia de plataformas digitales.
El dictamen ya fue enviado a la Mesa Directiva del Senado para su trámite parlamentario. El Pleno del Senado podría aprobar la reforma esta misma semana, antes del 15 de diciembre, cuando termina el periodo ordinario de sesiones.
La aprobación de las Comisiones Unidas se da luego de que el martes la Cámara de Diputados de México aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo en materia de plataformas digitales como Uber, DiDi y Rappi.
Con 462 votos a favor en lo general y 389 en lo particular, los diputados y diputadas dieron luz verde a la reforma que obliga a las plataformas digitales a brindar prestaciones sociales a repartidores y conductores.
Particularmente, el dictamen adiciona los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo, con el fin de reconocer la existencia de una relación laboral subordinada durante el tiempo efectivo de trabajo.
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La propuesta de dictamen aprobada contempla la existencia de esta relación subordinada cuando las personas, repartidores o conductores, generen al menos un ingreso de salario mínimo.
En caso de que esta condición no se cumpla, la reforma establece otra figura legal: la del trabajador independiente. Bajo este esquema, las personas tendrán protección contra accidentes durante su actividad laboral, pero no acceso a las otras prestaciones sociales.
Como se planteó desde un principio, el decreto señala que el modelo de trabajo a través de plataformas digitales se considera “primordialmente flexible y discontinuo”, por lo que se reconoce que la relación laboral entre trabajadores y plataformas existe durante el tiempo laborado.
Además, tanto repartidores como conductores podrán seguir determinando sus horarios y lugares de trabajo según sus propias necesidades o preferencias.
La temporalidad de trabajo en este modelo toma en cuenta la actividad efectiva en 45 minutos por cada hora y 15 minutos de tiempo de espera para la recepción de tareas, servicios y obras o trabajos.
Esto se traduce en un factor de 0.75 de actividad efectivamente laborada por cada hora.
Por otro lado, la reforma señala que se entenderá como terminada la relación laboral de manera automática cuando la persona trabajadora de plataformas digitales deje de tener actividad por un periodo consecutivo de 30 días naturales. En ese caso, las empresas no tendrán que indemnizar a los trabajadores.
Las prestaciones sociales a las que tendrán derecho los conductores y repartidores incluyen acceso a los servicios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), así como al reparto de utilidades si laboraron más de 288 horas al año.
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral será quien autorice y registre los contratos laborales y establezca las sanciones a los empleadores de este tipo de trabajo especial si incumplen las obligaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
Como parte de los artículos transitorios del decreto, se detalla que el Consejo Técnico del IMSS y, en su caso, el Consejo de Administración del Infonavit deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación las reglas de carácter general para el cumplimiento de las nuevas obligaciones.
La publicación de estas reglas se hará dentro de los 5 días siguientes a la entrada en vigor del decreto. Y, además, se contempla el desarrollo de una prueba piloto para el aseguramiento de las personas trabajadoras de plataformas digitales.
Tras llevar a cabo la prueba piloto, que será obligatoria para las plataformas, el proyecto plantea que el IMSS tendrá 180 días naturales para preparar las iniciativas que definirán los aspectos relativos al cumplimiento de las obligaciones por parte de las plataformas.