Perú emite ley para promover despliegue de banda ancha: crea ventanilla de trámites única

La nueva ley determina la creación de una ventanilla digital única para los trámites de instalación de infraestructura y ordena al Osiptel revisar el marco regulatorio y eliminar la normativa ineficiente.

Dina Boluarte, la presidenta peruana, emitió este jueves la nueva Ley para el fomento de un Perú conectado, que contempla medidas para impulsar la implementación de banda ancha móvil y fija, con el fin de mejorar la conectividad en las zonas rurales y de prioritario interés social, donde la brecha digital es más profunda.

La ley ha recibido comentarios positivos por parte del sector privado y especialistas, pues apunta a agilizar la instalación de infraestructura en todo el país, homologar trámites y a eliminar la normativa del sector de telecomunicaciones que está obsoleta o que no funciona.

Uno de los puntos destacados de la ley es la creación de una ventanilla única digital para el despliegue de infraestructura, la cual será el único canal para la tramitación de permisos en el sector.

Este punto es importante debido a que, frecuentemente, los operadores advierten que en los gobiernos locales exigen permisos que no están contemplados en la regulación nacional, o se niegan a dar autorizaciones con base en criterios discrecionales o injustificados. Lo anterior constituye una barrera para la llegada, modernización y mejora de los servicios de conectividad.

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Además, la nueva ley dispone una serie de medidas para incentivar la implementación de redes de última generación de banda ancha, como las tecnologías 5G y fibra óptica:

  1. Toda normativa que busque regular la instalación de infraestructura de banda ancha deberá contar con un análisis de impacto regulatorio ex-ante (previo a su adopción).
  2. El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) tendrá seis meses para revisar el marco regulatorio vigente, lo simplificará y eliminará las obligaciones obsoletas o que no han sido efectivas.
  3. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) identificará las zonas rurales y prioritarias elegibles para recibir servicios de banda ancha.
  4. Con base en esa información, el MTC sustituirá las obligaciones aún existentes de los operadores sobre prestar servicios de telefonía pública por la provisión de Internet de banda ancha.

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  1. La velocidad mínima garantizada de 70 por ciento (respecto al nivel contratado por los usuarios), establecida en una ley en la materia, se aplicará también a los servicios de banda ancha soportados en tecnología de nueva generación, en función a las características y limitaciones técnicas que lo permitan.

La ley ya había sido aprobada por el Congreso a principios de junio de este año, y ahora entra en vigor con la firma de Dina Boluarte. A partir de hoy, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tendrá 60 días calendario para reglamentar esta normativa, el mismo plazo con el que cuenta el Osiptel para adecuar su marco normativo.

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