El Tribunal de Cuentas Federal (TCU) negó un pedido presentado por Vivo y mantuvo su decisión sobre la renovación de las autorizaciones de concesión de las bandas A y B anteriores a la Ley nº 13.879/2019 hasta 2028.
El operador alegó “omisiones, contradicciones y oscuridades” en la decisión, lo que socavaría la determinación del TCU. Vivo pidió corregir estas dudas para:
“i) descartar el criterio de liquidación de multas como requisito previo para la prórroga de las subvenciones,
ii) descartar la necesidad de una nueva licitación, respetando la competencia exclusiva de ANATEL para analizar los criterios técnicos, y
iii) reconocer que es opción de ANATEL, en los términos de su propio reglamento (Resolución ANATEL N° 695/18), transformar todo o parte del precio de concesión pública en nuevos compromisos de inversión”.
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La respuesta de la TCU
El TCU aclaró algunos alegatos, como en relación al criterio de pago de eventuales multas como condición para la prórroga de la concesión, pero mantuvo el entendimiento de que las licitaciones dependen de ese criterio.
Según el relator, ministro Augusto Nardes, la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) dice que las empresas que deseen participar en licitaciones deben acreditar que están al corriente con el Tesoro Público. Por lo tanto, no fue un criterio decidido arbitrariamente por el TCU.
En cuanto a la necesidad de un nuevo proceso de licitación, la Corte explicó que la prórroga de la autorización para el uso de la banda hasta el año 2028 fue de manera excepcional por el interés público del servicio prestado, como regla para las autorizaciones anteriores a la Ley No 13.879/2019 y de realizar una nueva licitación.
En cuanto a los compromisos de inversión, el TCU respondió que no prohibió ni determinó que el precio público se convierta en objetivos de inversión, “solo mencionan explícitamente que se debe evaluar el requisito de los compromisos de inversión”.
Como resultado, se aceptaron algunas solicitudes de Vivo relacionadas con aclaraciones y se mantuvo la decisión del año pasado.
Contexto
Cabe recordar que la discusión se inició por cambios en la legislación sobre renovación de concesiones de espectro y servicios autorizados. La Ley N° 13.879/2019 permitió prórrogas sucesivas, y el Decreto N° 10.402/2020 aclaró que el dispositivo también era válido para concesiones anteriores a la ley.Después de eso, el TCU pasó a monitorear la situación para verificar si esta práctica cumplía con las demás normas brasileñas. La conclusión fue que la renovación de las concesiones para las bandas A y B sólo podía prorrogarse hasta 2028, cuando debería producirse el refarming, y de forma excepcional.