En un giro inesperado para la industria de telecomunicaciones, la Agencia Nacional de Espectro (ANE) de Colombia decidió revocar las sanciones que ella misma impuso contra Avantel por el supuesto uso ilegal del espectro radioeléctrico.
Ante los recursos de apelación presentados por el operador, la agencia concluyó que sus anteriores investigaciones sobre la posible falta de Avantel carecieron de rigor y no cumplieron con las garantías del debido proceso que dicta el orden jurídico.
La institución sancionó a la compañía por, supuestamente, haber utilizado el espectro de WOM (Partners) en la banda de 700 MHz sin contar con las autorizaciones legales para hacerlo. Ordenó a Avantel pagar 2.9 millones de dólares; se trata de la multa más alta que ha dado por el uso ilícito de este recurso al menos desde 2018.
Durante su indagación inicial, el Grupo de Control Técnico de la Subdirección de Vigilancia y Control de la ANE encontró pruebas técnicas que señalaban la responsabilidad de Avantel al usar espectro de manera ilegal, pues la ley establece que debe contar con permisos otorgados por el Ministerio TIC.
Te recomendamos: WOM Colombia es acusado de fraude en el acceso de Roaming Automático Nacional
Sin embargo, la Dirección General de la institución volvió a revisar esas conclusiones, en atención a los recursos de apelación que presentó la empresa tras recibir sanciones económicas y administrativas.
La nueva revisión observó “una total carencia de técnica, de soportes y conclusiones del mismo orden, que no permiten a esta instancia determinar con ningún grado de certeza si existió o no una infracción al régimen del espectro, ni su modalidad, ni las circunstancias de tiempo modo y lugar concretas que evidencien tal infracción”.
De acuerdo con el nuevo análisis de la ANE, hay una falta de contundencia en el informe técnico del Grupo de Control, en el cual se advierte que tres estaciones base de Avantel estaban operando de manera ilegal frecuencias de la banda de 700 MHz, asignada a WOM.
No se comprobó “con ningún grado de certeza el carácter, ni la modalidad, ni la finalidad de dichas emisiones, por lo que tampoco es dable afirmar ni la existencia de operación en la prestación de servicios de telecomunicaciones IMT, ni su duración, ni la clase de servicios que pudieran haber sido prestados por el investigado a los usuarios”, señala la resolución de la ANE.
A raíz del informe técnico publicado en agosto de 2020, el Grupo de Control Técnico de la Agencia dio por sentado la existencia de una infracción grave a las normas que regulan el uso del espectro y se consideró que Avantel estaba explotando comercialmente las frecuencias radioeléctricas.
También lee: ANE usará un dron para monitorear el uso del espectro en Colombia
El grupo técnico de la institución debió haber llevado a cabo “un estudio serio y concienzudo” de las denuncias que presentaron Claro y Tigo, en las que alegaron que Avantel estaba usando el espectro de WOM de manera ilegal, advierte la ANE.
Todos estos elementos apuntan, según la nueva conclusión de la Agencia, que se vulneró el derecho de defensa y al debido proceso a Avantel, pues el grupo de control técnico no agotó todas las vías de investigación existentes y tampoco brindó las explicaciones debidas a la empresa investigada.
Aunque la ANE revocó las sanciones que la misma institución aprobó, luego de determinar que no eran legítimas, aún no está claro si la Agencia implementará acciones administrativas para corregir la falta de rigor que detectó al interior de la institución.