El Tribunal General de la Unión Europea invalidó la decisión tomada por la Comisión Europea en 2016, que bloqueó el proyecto de adquisición de Telefónica UK (O2) por parte de Hutchison 3 UK (Three). Hutchison presentó una apelación ante el tribunal, mismo que determinó que la Comisión no demostró sobradamente que la fusión afectaría en la competencia.
La Comisión argumentó en ese momento que la adquisición haría desaparecer a un competidor del mercado de telefonía móvil del Reino Unido, y la entidad fusionada sólo se enfrentaría a la competencia de EE y Vodafone, provocando un incremento en el precio de los servicios, acortaría las opciones de elección para los consumidores y afectaría la calidad del servicio, entorpeciendo el desarrollo de la infraestructura de las redes móviles del país.
Mediante un comunicado, Hutchison expresó su alegría por el fallo del tribunal, asegurando que la Comisión se había “guiado por una visión predeterminada errónea de que el mercado debe mantener cuatro operadores de redes móviles, lo cual ha frenado o evitado la consolidación industrial en Europa, con nuevas inversiones, innovaciones y beneficios para los consumidores y la industria”.
La Corte encontró que reducir la presión competitiva sobre los jugadores restantes no es suficiente para justificar el bloqueo de la fusión, pues no se demostró que 3 UK fuera una fuerza competitiva significativa en el mercado, ni un jugador fuerte en el mercado mayorista de operadores móviles virtuales (OMV), y su análisis cuantitativo no apunta a un gran aumento en los precios.
También se analizó el impacto en los acuerdos de intercambio de red entre 3 UK y EE, así como el de O2 y Vodafone UK, señalando que la Comisión no defendió el hecho de que los socios terminarían en una posición más débil que perjudicaría el desarrollo de la infraestructura móvil del país. Por el contrarío, compartir la red permite compartir los gastos de despliegue sin dejar de competir en el nivel minorista.