Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprueba modificaciones a procedimientos y costos de interconexión de redes
La CRT estableció estándares de costos diferenciados al determinar que no todos los servicios de interconexión deben medirse con la misma vara.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) de México aprobó por unanimidad dos acuerdos que cambian las reglas para la interconexión de redes públicas en territorio nacional.
De acuerdo con los documentos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), estas nuevas disposiciones buscan inyectar dinamismo y transparencia, así como menores tarifas para los usuarios finales y procesos de negociación completamente digitalizados.
Uno de los cambios es sobre las tarifas basadas en un “operador hipotético eficiente”, en el que explican que para evitar que las empresas trasladen sus propias ineficiencias operativas o financieras a los precios de interconexión, la CRT implementará modelos ascendentes o ingenieriles (Bottom-Up).
Esto significa que los costos se calcularán utilizando criterios puramente técnicos y de ingeniería, simulando un operador ideal eficiente a partir de datos objetivos de demanda y cobertura.
También establecen estándares de costos diferenciados, en los que la CRT determinó que no todos los servicios de interconexión deben medirse con la misma vara.
Los cambios contemplan, asimismo, conducción de tráfico y tránsito, lo que significa que modelarán bajo el estándar de “Costo Incremental de Largo Plazo Puro”. Con esto, explica la CRT, las empresas sólo recuperan los costos estrictamente vinculados al tráfico de interconexión, incentivando tarifas minoristas más competitivas para el público.
Otro de los puntos a destacar es la coubicación y enlaces de transmisión, que al no implicar intercambio directo de tráfico, se utilizará el “Costo Incremental Total Promedio de Largo Plazo”, distribuyendo los costos comunes mediante la metodología de Margen Equi-Proporcional para garantizar neutralidad.
La CRT también contempla el uso estricto de tecnologías modernas y disponibles, en la que los modelos desecharán por completo las tecnologías en desuso, así como aquellas que estén en fases experimentales o de prueba. La infraestructura modelada deberá basarse en tecnologías eficientes y comercialmente disponibles que permitan asegurar servicios básicos como voz, SMS y datos a alta velocidad, impidiendo la dependencia de un solo proveedor o el uso de patentes propietarias exclusivas.
Sobre preponderancia y tarifas asimétricas
La CRT explica que la ley le faculta para fijar condiciones asimétricas (tarifas diferenciadas) tomando en cuenta la participación de mercado. El modelo distinguirá explícitamente al Agente Económico Preponderante (AEP), aquel con más del 50% del sector, y a los agentes con poder sustancial de mercado, obligándolos a flexibilizar sus redes frente a las concesionarias alternativas más pequeñas para equilibrar el terreno de juego.
En el ámbito administrativo, se actualizan las reglas del Sistema Electrónico de Solicitudes de Interconexión (SESI). Esta plataforma digital estará disponible las 24 horas, los 365 días del año, y será la vía obligatoria para tramitar solicitudes, enviar propuestas de convenios y computar los 40 días hábiles que fija la ley para que los operadores lleguen a un acuerdo antes de activar un procedimiento de desacuerdo formal.
La CRT asegura que para dar plena certidumbre jurídica, el SESI contará con mecanismos estrictos de autenticación para los representantes legales de las empresas. Además, todos los modelos de costos construidos por la Comisión, junto con sus documentos metodológicos explicativos, serán de carácter público y se inscribirán en el Registro Público de Concesiones.