Lista la nueva política de administración del dominio .Co

RCN Radio-Iván Hernández

El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones publicó la resolución que establece la nueva política de administración del dominio .CO que rige a partir del 5 de febrero de 2020.

De acuerdo con la entidad, a través de esta resolución se modifica el modelo de administración del dominio .CO, otorgándole  mayores competencias a la entidad en esta materia.

Mediante esta disposición se establece que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tiene entre sus responsabilidades, la definición y aprobación de nombres de dominio bajo ccTLD.co.

También cumplirá la función de ejercer las actividades de control y supervisión sobre todo el modelo, además debe liderar la representación del Gobierno ante la Corporación de  Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN).

La entidad también será la encargada de la contratación del operador del registro y de desarrollar el esquema que garantice la estabilidad y la continuidad de prestación de los servicios de registro y actividades asociadas al ccTLD.CO, entre otras funciones que se establecen en dicho documento.

El Ministerio TIC indicó en un comunicado que el proyecto de esta resolución fue publicado en el sitio web entre el 5 de noviembre y el 16 de diciembre de 2019, con el fin de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas por parte de los ciudadanos y grupos de interés.

Como resultado de este proceso, en el que se recibieron observaciones de los interesados, el 16 de enero de este año la entidad solicitó un concepto a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sobre el impacto que tendría la resolución en la competencia en el mercado de dominio .CO.

En un comunicado aclara la entidad que “el pasado 30 de enero, la SIC, si bien no sugirió modificación alguna para la resolución, hizo recomendaciones respecto al contrato que se firmará una vez que se  adjudique el proceso de selección para el operador del dominio”.

Por ejemplo en cuanto al tratamiento de los datos personales de la base de datos del registro de  dominio .CO, en esta resolución se establece que el operador de este registro será el responsable ante los titulares de los datos por el tratamiento que se haga de los mismos, bien sea en Colombia o en el extranjero y bajo la ley aplicable en el país sobre esta materia.

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