Del contenido al diseño: cómo Europa está redefiniendo la protección de los menores en las redes sociales
¿Qué contenido debe eliminarse y cuál debe mantenerse en las redes sociales?, ¿Quién debe determinar si algo debe ser público o no? ¿Quién se hace responsable del contenido publicado? Seguramente te has hecho estas preguntas, especialmente si eres padre o madre de familia y/o cuidador de menores y aunque no hay respuestas únicas sobre estos interrogantes, la Unión Europea desarrolló un conjunto de políticas enfocadas en moderar publicaciones, bloquear contenidos ilegales y sancionar la difusión de material perjudicial.
En términos generales la sociedad entera puede coincidir en el tipo de contenido apto e inadecuado para menores de edad. Así se elimina el contenido violento y sexualmente explícito. Sin embargo, el crecimiento de las redes sociales y la consolidación de algoritmos capaces de influir en los hábitos de millones de usuarios han llevado a los reguladores europeos a plantearse un nuevo interrogante: ¿y si el problema no es únicamente el contenido, sino la forma en que las plataformas están diseñadas?
Ese cambio de perspectiva está marcando una nueva etapa en la regulación digital que Europa lidera. En lugar de centrar los esfuerzos exclusivamente en la moderación, Bruselas está impulsando un modelo que exige a las plataformas incorporar la protección de los menores desde la propia arquitectura de sus servicios.
El concepto se conoce como Safety by Design (seguridad desde el diseño) y parte de una premisa sencilla: una plataforma verdaderamente segura no debería depender únicamente de que el usuario configure opciones de privacidad o limite su tiempo de uso. Al contrario, debería reducir los riesgos desde el momento en que una persona crea una cuenta.
Entonces, ¿qué hacer cuando eliminar contenidos violentos, desarrollar herramientas para denunciar publicaciones inadecuadas e introducir filtros destinados a reducir la exposición a material inapropiado no es suficiente?.
Este interrogante representa uno de los cambios más importantes en la política digital europea desde la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR). Si aquella normativa transformó la forma en que las empresas recopilan y gestionan la información personal, las iniciativas actuales buscan modificar la manera en que diseñan la experiencia digital de millones de usuarios, especialmente de niños y adolescentes porque ya no es suficiente eliminar cierto contenido si los usuarios pueden fácilmente saltarse el filtro para acceder a este tipo de contenido.
De acuerdo con la investigación titulada “El hábito de consumir medios digitales en sí mismo puede no ser un problema, pero el uso problemático de las redes sociales se asocia con un menor bienestar mental en los adolescentes”, publicada en Nature Human Behaviour, en el 2025, concluye que el problema no radica únicamente en el tiempo que los adolescentes pasan en las redes sociales, sino en la manera en que determinadas características de las plataformas pueden fomentar un uso problemático.
Entre ellas se encuentran el desplazamiento infinito (infinite scroll), la reproducción automática de videos, las recomendaciones personalizadas impulsadas por algoritmos y las notificaciones constantes; “elementos de diseño que pueden incentivar patrones de uso compulsivo en una población cuyo desarrollo cognitivo y emocional aún está en proceso”, explica la investigación.
Estos hallazgos han llevado a los reguladores europeos a cuestionar no sólo el contenido que circula en las redes sociales, sino también la arquitectura de las plataformas y el impacto que esta tiene sobre el bienestar de los menores.
Desde esta perspectiva, la entrada en vigor de la Ley de Servicios Digitales (Digital Services Act, DSA), en 2022 consolidó este cambio de paradigma. Aunque la normativa mantiene obligaciones relacionadas con la eliminación de contenidos ilegales, incorpora un enfoque mucho más amplio basado en la gestión de riesgos sistémicos.
Las plataformas de muy grande tamaño ya no sólo deben reaccionar cuando aparece contenido perjudicial. También están obligadas a identificar, evaluar y mitigar los riesgos que su funcionamiento puede generar para derechos fundamentales, procesos democráticos y, de manera particular, para la protección de los menores.
Este enfoque obliga a las empresas a analizar aspectos que anteriormente quedaban fuera del radar regulatorio y que de alguna manera también invita a las grandes plataformas a cuestionar ¿cómo funcionan sus sistemas de recomendación?, ¿qué impacto tienen sus algoritmos sobre los usuarios más jóvenes?, ¿De qué manera influyen sus interfaces en los patrones de consumo y si determinadas funcionalidades pueden aumentar riesgos para la salud mental o el bienestar digital?.
Sin embargo, las plataformas sostienen que la protección de los menores no depende únicamente del rediseño de sus servicios, sino también del desarrollo de herramientas específicas de seguridad.
Meta, ha defendido que en los últimos años ha incorporado “Teen Accounts” con configuraciones de privacidad más restrictivas por defecto y ha ampliado el uso de sistemas de estimación de edad basados en IA para detectar a usuarios que podrían haber falseado su fecha de nacimiento.
La compañía afirma que su objetivo es garantizar que los adolescentes accedan automáticamente a experiencias acordes con su edad y reforzar las medidas para impedir que menores de 13 años utilicen sus plataformas.
Por su parte TikTok ha rechazado parte de los señalamientos de la Comisión Europea y asegura que “comparte el objetivo de proteger a los menores”. Sin embargo, en julio de 2026, la Comisión Europea concluyó de forma preliminar que TikTok incumplió la Ley DSA al no garantizar que las que las cuentas de usuarios menores de edad sean seguras por defecto, una práctica que, según la institución, expone a niñas, niños y adolescentes a riesgos como el ciberacoso, el contacto no deseado y el grooming.
Al respecto, la plataforma señaló que las cuentas de adolescentes incorporan más de 50 funciones de privacidad y seguridad, que muchas de ellas son privadas por defecto y que continuará colaborando con las autoridades europeas mientras revisa las observaciones recibidas.
No obstante, para Bruselas estas iniciativas representan un primer paso, pero no sustituyen el principio de “Safety by Design”.
La idea de Safety by Design supone incorporar la protección como un requisito de ingeniería y no como una función opcional. Esto implica que, desde las primeras etapas de desarrollo de un producto digital, las empresas deben preguntarse cómo evitar que determinadas funciones generen daños previsibles.
En la práctica, este principio puede traducirse en medidas como limitar determinadas recomendaciones algorítmicas para menores, reducir el uso de notificaciones dirigidas a incentivar el regreso constante a la aplicación, desactivar por defecto algunas funciones de interacción o reforzar las configuraciones de privacidad para cuentas infantiles.
El concepto guarda relación con otro principio ampliamente conocido en Europa: Privacy by Design, introducido por el GDPR, según el cual la protección de datos personales debe integrarse desde el diseño del producto y no añadirse posteriormente mediante configuraciones opcionales.
Ahora, la discusión se amplía hacia una protección integral que incluye privacidad, seguridad, bienestar y desarrollo saludable.
Más allá del contenido: una nueva relación entre regulación e innovación
El enfoque europeo también abre un debate sobre la innovación tecnológica. Las empresas argumentan que muchas de las funcionalidades cuestionadas forman parte de la experiencia que los usuarios esperan de los servicios digitales y que las recomendaciones algorítmicas permiten descubrir contenido relevante y personalizado.
Los reguladores europeos, por su parte, sostienen que la innovación no puede desvincularse de la responsabilidad cuando existen indicios de que determinadas decisiones de diseño pueden afectar el bienestar físico y mental de los usuarios, especialmente de niños y adolescentes.
En este contexto, el desafío consiste en encontrar un equilibrio entre el desarrollo tecnológico y la protección efectiva de los derechos de niños y adolescentes. No se trata necesariamente de prohibir funciones, sino de evaluar si su implementación resulta proporcional, transparente y compatible con el interés superior del menor.
Aunque muchas de estas iniciativas se desarrollan dentro del marco regulatorio europeo, su impacto probablemente trascienda las fronteras de la Unión Europea.
Las grandes plataformas operan a escala global y, en numerosas ocasiones, optan por extender determinados cambios a todos sus mercados en lugar de mantener versiones diferentes para cada región. Así ocurrió con diversas medidas derivadas del GDPR, que terminaron influyendo en estándares internacionales sobre privacidad.
Si la estrategia europea basada en el diseño responsable logra consolidarse, es probable que conceptos como Safety by Design, evaluaciones obligatorias de riesgos, diseño apropiado para la edad y protección algorítmica de menores se conviertan en referencias para futuras regulaciones en otras jurisdicciones.
