Brasil establece nuevos estándares para centros de cómputo de alto rendimiento

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MCTI) de Brasil estableció nuevos estándares para los centros de cómputo de alto rendimiento, que entraron en vigor la última semana de septiembre.

Sistema nacional de centros de cómputo de alto rendimiento

La Ordenanza MCTI N.° 9.445, del 26 de septiembre de 2025, firmada por la titular del MCTI, Luciana Santos, regula el funcionamiento y la operación del Sistema Nacional de Procesamiento de Alto Rendimiento (SINAPAD) de Brasil, cuyos objetivos son proporcionar servicios de procesamiento computacional de alto rendimiento (HPC), promover y apoyar la formación de personal especializado, transferir conocimientos y tecnología, y difundir la cultura y aplicación.

El SINAPAD estará integrado por los Centros Nacionales de Procesamiento de Alto Rendimiento (CENAPAD) y que reciban recursos del MCTI; mientras que los instalados en universidades e institutos de investigación también podrán adherirse, siempre y cuando manifiesten su interés y cumplan con las condiciones establecidas en la Ordenanza.

Para ser designado como CENAPAD, un centro de cómputo deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Acreditar la existencia de capacidad computacional e infraestructura física.
  2. Formar parte de la red de e-Ciencia, o que la institución esté conectada a la red Ipê.
  3. Acreditar la existencia de un equipo técnico para el funcionamiento continuo del centro.
  4. Facilitar el acceso a usuarios externos a la institución que alberga el centro.
  5. Contar con procedimientos bien definidos para el acceso y gestión de usuarios externos.
  6. Comprometerse a dotar al SINAPAD como mínimo el 25% de su capacidad de cómputo total.

Consejo directivo y funciones

La coordinación del SINAPAD estará a cargo del MCTI, que la ejecutará a través de un consejo directivo compuesto por el Director General del Laboratorio Nacional de Computación Científica (LNCC), el Director General de la Red Nacional de Investigación (RNP) y representantes de la Secretaría de Ciencia y Tecnología para la Transformación Digital (SETAD) y las instituciones miembros del SINAPAD.

El Consejo de Administración desempeñará las siguientes actividades:

  • Aprobar la designación de un centro de cómputo como CENAPAD.
  • Definir políticas y directrices estratégicas del SINAPAD.
  • Evaluar escenarios de inversión.
  • Promover la articulación y el establecimiento de alianzas con el sector privado para el desarrollo y aplicación de tecnologías.
  • Formular y coordinar programas de formación e investigación, desarrollo e innovación.
  • Definir proyectos nacionales de carácter estructurante y de impacto social.
  • Homologar los estándares, formatos computacionales y metadatos.
  • Fomentar la realización de talleres y seminarios.
  • Proporcionar al MCTI información relevante al área de actuación.

Según la ordenanza, los miembros del CENAPAD están autorizados a cobrar por el uso de usuarios externos para solventar los costos de operación del sistema informático y actualizar el hardware y el software.