La Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) de Brasil aprobó las reglas y modelos de Declaraciones de Contribución al Fondo para la Universalización de los Servicios de Telecomunicaciones (FUST), mediante la Ordenanza No. 1992, del 14 de junio de 2021, que entra en vigor este 1 de julio.
El documento establece los modelos de Declaración Mensual (DM), para proveedores que tuvieron ingresos en un mes por la prestación de servicios de telecomunicaciones durante el ejercicio financiero, y de la Declaración de Inexistencia de Hecho Generador (DI), para las empresas que no lucraron con la prestación de servicios de telecomunicaciones en el mismo periodo.
De acuerdo con la Anatel, la Ordenanza tiene como objetivo aclarar puntos que generaron dudas para los proveedores y simplificar las obligaciones de las empresas que no tenían ingresos.
La compañía deberá presentar una declaración única con valores consolidados de la matriz y las filiales, si las hubiera, incluso en los casos de extinción, constitución y fusión de organizaciones. La DM y la DI deben ser identificadas por el Agente de Declaración en el Sistema de Recepción de Declaraciones del FUST (SFUST).
El Agente de Declaración es la persona autorizada por el proveedor para acceder al SFUST. A las empresas que no otorguen los poderes necesarios a un agente antes del 1 de enero de 2022 se les negará el acceso al sistema.
La empresa también debe mantener a disposición de la Anatel toda la información necesaria para el pago de la contribución al FUST durante al menos cinco años.
Para la Agencia, la Ordenanza da un paso adelante al eximir a las empresas del régimen del Simples Nacional de la obligación de presentar la DM.