La propuesta contenida en el proyecto de Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión ha sido muy controversial en diversos temas, uno de ellos el del bloqueo a las plataformas digitales como Facebook, TikTok, Instagram, por mencionar algunas.
El artículo 109 del proyecto de ley establece que “las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia para el bloqueo temporal a una plataforma digital, en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables”.
Además, dicho artículo establece que será la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) la que se encargará de emitir los lineamientos que regulen el procedimiento de bloqueo a una plataforma digital.
Según la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), este artículo es uno de los más preocupantes, pues podría tratarse de restricciones al derecho de libertad de expresión.
“El artículo 109 da a la Agencia (ATDT) la facultad de determinar los procedimientos, parámetros o estándares para realizar el bloqueo de plataformas digitales, ignorando que para que las restricciones a la libertad de expresión sean legítimas, en todo caso, deben estar establecidas por ley, de manera clara y precisa”, advirtió R3D.
Explicó que dicha tarea corresponde al Congreso de la Unión y dichos parámetros deberían estar contenidos en la ley.
La organización que protege los derechos digitales explicó que, de acuerdo con los estándares internacionales sobre libertad de expresión, este tipo de restricciones deben ser medidas de carácter excepcional, estar definidas en la ley de forma precisa y clara, bajo estrictos criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Hay que señalar que la Ley Federal de Telecomunicaciones vigente desde 2014 señala en el artículo 197 que “los concesionarios y los autorizados deberán bloquear contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa, escrita o grabada del usuario o suscriptor o por cualquier otro medio electrónico, sin que el bloqueo pueda extenderse arbitrariamente a otros contenidos, aplicaciones o servicios distintos de los solicitados por el usuario o suscriptor”.
Agrega que en ningún caso, este bloqueo podrá afectar de manera arbitraria a los proveedores de servicios y a las aplicaciones que se encuentran en Internet.
La modificación confiere a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones la completa autoridad de realizar el bloqueo de las plataformas, por lo que especialistas señalaron que podría traer como consecuencia faltas a la libertad de expresión.
Por su parte, Irene Levy, abogada especialista en telecomunicaciones, explicó que el bloqueo a las plataformas digitales ya existe en la Ley del IVA; sin embargo, es necesario que en la propuesta de ley de telecomunicaciones se modifique.
“Es necesario ajustar la redacción de la iniciativa, porque sí está muy amplia”, dijo la especialista en telecomunicaciones en su cuenta de X.
La presidenta Claudia Sheinbaum aseguró que se quitaría este artículo de la propuesta y que se abrirían foros públicos para la discusión de la ley.