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	<title>Código del Trabajo &#8211; DPL News</title>
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	<title>Código del Trabajo &#8211; DPL News</title>
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		<title>Chile &#124; Cambios arbitrarios en el Código del Trabajo ponen en riesgo economía y plataformas digitales</title>
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		<dc:creator><![CDATA[DPL News]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Nov 2022 01:13:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ANÁLISIS]]></category>
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					<description><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="512" height="342" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/11/dplnews_plataformas-colaborativas_dn191121.jpg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews plataformas colaborativas dn191121" decoding="async" fetchpriority="high" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/11/dplnews_plataformas-colaborativas_dn191121.jpg 512w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/11/dplnews_plataformas-colaborativas_dn191121-300x200.jpg 300w" sizes="(max-width: 512px) 100vw, 512px" title="Chile | Cambios arbitrarios en el Código del Trabajo ponen en riesgo economía y plataformas digitales 1"></div>Los cambios en el Código del Trabajo de Chile entraron oficialmente en vigencia en septiembre y su aplicación en los hechos es la que ahora es escenario de debate en el país.&#160; El dictamen presentado por la Dirección del Trabajo para dar sentido y alcance a la ley no convence a las plataformas digitales, que [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="512" height="342" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/11/dplnews_plataformas-colaborativas_dn191121.jpg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews plataformas colaborativas dn191121" decoding="async" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/11/dplnews_plataformas-colaborativas_dn191121.jpg 512w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/11/dplnews_plataformas-colaborativas_dn191121-300x200.jpg 300w" sizes="(max-width: 512px) 100vw, 512px" title="Chile | Cambios arbitrarios en el Código del Trabajo ponen en riesgo economía y plataformas digitales 2"></div>
<p>Los<strong> cambios en el Código del Trabajo de Chile</strong><a href="https://dplnews.com/chile-claves-de-los-cambios-en-el-codigo-del-trabajo-y-las-plataformas-de-internet/"> entraron oficialmente en vigencia en septiembre</a> y su aplicación en los hechos es la que ahora es escenario de debate en el país.&nbsp;</p>



<p>El dictamen presentado por la Dirección del Trabajo para dar sentido y alcance a la ley <strong>no convence a las plataformas digitales</strong>, que ya habían mostrado sus dudas durante <a href="https://dplnews.com/chile-nueva-ley-regula-servicios-prestados-desde-plataformas-digitales-como-uber-cabify-o-cornershop/">el proceso de análisis modificación</a> de la normativa, que se formalizó en marzo. Qué dice y cómo las afecta.</p>



<p>Las 36 páginas del texto intentan poner blanco sobre negro (aunque no necesariamente lo logra) en al menos cinco cuestiones:&nbsp;</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Facultades de la Dirección del Trabajo</strong>, con la relación entre plataformas y trabajadores como susceptible de su fiscalización.</li>



<li><strong>Contexto de trabajo en las plataformas digitales</strong>, señalando expresamente que el avance tecnológico y sus consecuencias en el mercado laboral y productivo <a href="https://dplnews.com/chile-busca-regular-plataformas-digitales-para-equiparar-derechos-y-obligaciones-con-el-mundo-fisico/">debe respetar los derechos fundamentales de los trabajadores</a>.</li>



<li><strong>Definiciones</strong>, indicando qué se entiende por empresa de este rubro, distinguiendo entre trabajadores dependientes, independientes, presunción de laboralidad y principios de ajenidad en la organización, el mercado y la marca.</li>



<li><strong>Contrato de trabajadores independientes</strong>, segmento en el cual se pronuncia en temas como honorarios, cobertura social y derecho de desconexión, entre otros puntos.</li>



<li><strong>Normas comunes a trabajadores dependientes e independientes</strong>, con detalles en cuestiones como el tratamiento de los datos de los trabajadores, prohibiciones, capacitación y cálculos de indemnizaciones.</li>
</ol>



<p>Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el número de empresas de plataforma que dan trabajo se multiplicó <strong>al pasar de 152 a más de 777 entre 2010 y 2020</strong>, indica el texto como último reporte disponible para un mercado que además ha tenido la pandemia como catalizador de crecimiento en el mundo y múltiples beneficios para las economìas locales.&nbsp;</p>



<p>Luego, agrega que el crecimiento de la economía de plataformas y del trabajo en ellas <strong>“representa oportunidades para la creación de empleo y una organización de los procesos productivos”</strong>.</p>



<pre class="wp-block-verse"><strong>Te puede interesar</strong>: <a href="https://dplnews.com/chile-mas-de-200-mil-personas-en-chile-trabajan-a-traves-de-aplicaciones-y-plataformas-digitales-de-entregas/">Chile: más de 200 mil personas trabajan a través de aplicaciones y plataformas digitales de entrega.</a></pre>



<p>Considerando que esta nueva realidad es materia de entendimiento de quienes toman decisiones, es que las plataformas se mostraron disgustadas durante el tratamiento con el <strong>avance de una ley que amenaza el modelo de negocio de firmas que funcionan</strong>, en todas las acepciones de la palabra, a favor del crecimiento laboral y económico de un mundo en crisis y bajo estructuras no tradicionales.</p>



<p>Ahora, la nueva normativa no parece encontrar<strong> herramientas facilitadoras para su aplicación en su dictamen</strong>, más bien todo lo contrario.&nbsp;</p>



<p>Desde <strong>Uber</strong> pidieron que <strong>se deje sin efecto</strong> por considerar que “el pronunciamiento es contrario a la naturaleza de la normativa despachada por el Congreso”.&nbsp;</p>



<p>En declaraciones tomadas de&nbsp; <a href="https://www.df.cl/economia-y-politica/laboral-personas/uber-pide-a-la-dt-dejar-sin-efecto-dictamen-sobre-el-trabajo-en#:~:text=Suplementos-,Uber%20pide%20a%20la%20Direcci%C3%B3n%20del%20Trabajo%20dejar%20sin%20efecto,entre%20trabajadores%20y%20plataformas%20digitales." rel="nofollow noopener" target="_blank"><em>Diario Financiero</em></a>, la empresa consideró que el documento “<strong>impide que la regulación produzca sus efectos </strong>por restringir la posibilidad de prestación de servicios por parte de trabajadores independientes”.</p>



<p>Las dudas de las plataformas no se limitan a eso sino a que, por como está escrito, el texto <strong>no delimita la competencia de la Dirección del Trabajo</strong> a la fiscalización y <strong>establece nuevos criterios e indicios de laboralidad para trabajadores </strong>sin tener en cuenta consideración previas a la implementación de la ley.&nbsp;</p>



<p>Además, creen que no es claro sobre el concepto de ofrecer <strong>“un servicio subyacente”</strong> ni se presenta claramente el concepto de “<strong>servicios efectivamente prestados</strong>”.&nbsp;</p>



<p>Más: se persiste en la obligación de las empresas de entregar, de manera gratuita, <strong>elementos de protección personal</strong> a trabajadores en cualquier caso y no hay pronunciamiento sobre<strong> la aplicación ni cobertura del seguro de daños a los bienes personale</strong>s que utilice el trabajador de plataformas digitales.</p>



<p>Así las cosas, las plataformas piden revisión del dictamen que se atribuye competencias de Tribunales de Justicia con argumentos peligrosos, pues <strong>desconocen el trámite legislativo y el propio espíritu de la ley intentando reescribirla</strong>.&nbsp;</p>



<p>El documento desentiende que la tecnología es catalizador de oportunidades y las empresas de este tipo <strong>vehículos para la generación de nuevos empleos y ambientes propicios para el crecimiento económico en clave digital</strong>.&nbsp;</p>



<p>Peor aún: <strong>su razonamiento atenta contra los propios trabajadores a quienes dice proteger</strong>.</p>



<p>En términos menos técnicos, <strong>Chile tiene la oportunidad de que el diablo no esté en los detalles</strong>, al menos no esta vez.</p>
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		<title>Chile &#124; Claves de los cambios en el Código del Trabajo y las plataformas de Internet</title>
		<link>https://dplnews.com/chile-claves-de-los-cambios-en-el-codigo-del-trabajo-y-las-plataformas-de-internet/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Larocca]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Aug 2022 18:21:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[DPL NEWS]]></category>
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		<category><![CDATA[Plataformas]]></category>
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					<description><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="2560" height="1707" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews apps entrega plataformas digitales mc240621" decoding="async" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621.jpeg 2560w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-300x200.jpeg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1024x683.jpeg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-768x512.jpeg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1536x1024.jpeg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-2048x1366.jpeg 2048w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-696x464.jpeg 696w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1068x712.jpeg 1068w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-630x420.jpeg 630w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1920x1280.jpeg 1920w" sizes="(max-width: 2560px) 100vw, 2560px" title="Chile | Claves de los cambios en el Código del Trabajo y las plataformas de Internet 3"></div>El Código de Trabajo de Chile ha sido modificado en marzo y sus cambios entrar en vigor a partir del primero de septiembre, tras cumplirse seis meses desde su publicación.  La nueva versión incluye en su alcance&#160; —ese es su objeto específico— el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales, lo que redunda en [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="2560" height="1707" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews apps entrega plataformas digitales mc240621" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621.jpeg 2560w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-300x200.jpeg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1024x683.jpeg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-768x512.jpeg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1536x1024.jpeg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-2048x1366.jpeg 2048w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-696x464.jpeg 696w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1068x712.jpeg 1068w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-630x420.jpeg 630w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2021/06/dplnews_apps-entrega-plataformas-digitales_mc240621-1920x1280.jpeg 1920w" sizes="auto, (max-width: 2560px) 100vw, 2560px" title="Chile | Claves de los cambios en el Código del Trabajo y las plataformas de Internet 4"></div>
<p>El <strong>Código de Trabajo de Chile </strong><a href="https://dplnews.com/chile-nueva-ley-regula-servicios-prestados-desde-plataformas-digitales-como-uber-cabify-o-cornershop/">ha sido modificado en marzo </a>y sus cambios entrar en vigor a partir del primero de septiembre, tras cumplirse seis meses desde su publicación. </p>



<p>La nueva versión incluye en su alcance&nbsp; —ese es su objeto específico— <strong>el contrato de trabajadores de empresas de </strong><a href="https://dplnews.com/chile-mas-de-200-mil-personas-en-chile-trabajan-a-traves-de-aplicaciones-y-plataformas-digitales-de-entregas/"><strong>plataformas digitales</strong></a>, lo que redunda en <strong>amenazas al modelo de negocio de las firmas que funcionan en clave digital</strong> y no bajo <a href="https://dplnews.com/chile-busca-regular-plataformas-digitales-para-equiparar-derechos-y-obligaciones-con-el-mundo-fisico/">estructuras tradicionales</a>.</p>



<p>La normativa incorpora, en concreto, el capítulo X en el título II “De los contratos especiales” del primer libro, que se encarga de “regular las relaciones entre los trabajadores de plataformas digitales, dependientes e independientes, y las empresas de plataformas digitales de servicios prestados en el país”.&nbsp;</p>



<p><strong>Avanza sobre detalles contractuales entre las partes y habla de transparencia y derecho a la información.</strong></p>



<pre class="wp-block-verse"><strong>Te puede interesar: <a href="https://dplnews.com/repartidores-de-plataformas-rechazan-sindicalismo-y-piden-preservar-flexibilidad/">Repartidores de plataformas rechazan sindicalismo y piden preservar flexibilidad</a></strong></pre>



<p>En las definiciones, se entiende como plataforma de este tipo a aquellas empresas que administran o gestionan un sistema informático en aplicaciones de dispositivos que permite que un trabajador ejecute servicios para usuarios en un territorio específico. ¿Qué servicios? “Retiro, distribución y/o reparto de bienes o mercaderías, el transporte menor de pasajeros u otros”, especifica.</p>



<p>Así, <strong>los trabajadores que presten servicios bajo esta modalidad y en vínculo “de subordinación y dependencia” se regirán por las normas generales del código laboral que funciona en Chile</strong>.&nbsp;</p>



<p>También se establecen los detalles que deberán figurar en el contrato de trabajo entre las partes, entre ellas datos personales, zona geográfica de actuación y método de cálculo para la determinación de la remuneración, forma y período de pago.</p>



<pre class="wp-block-verse"><strong>Conoce más: <a href="https://dplnews.com/como-la-revolucion-digital-esta-cambiando-el-mundo-del-trabajo-tal-y-como-lo-conocemos/">Cómo la revolución digital está cambiando el mundo del trabajo tal y como lo conocemos</a></strong></pre>



<p>Entre las obligaciones de las firmas alcanzadas también aparece el <strong>deber de protección</strong> y se señala que “<strong>la remuneración por hora efectivamente trabajada no podrá ser inferior a la proporción del ingreso mínimo mensual determinado por ley”</strong>.&nbsp;</p>



<p>Al mismo tiempo, el documento aprobado habla de jornada laboral, protección de datos personales, aviso previo por terminación del contrato y hasta obligación de desconectar.</p>



<p>Adicionalmente, se da luz verde a trabajadores alcanzados por las nuevas disposiciones a “constituir, sin autorización previa, las <strong>organizaciones sindicales</strong> que estimen convenientes” y se obliga a las plataformas a permitir, si fuera requerido por las autoridades, “el <strong>acceso a la programación del algoritmo</strong>, a explicaciones completas y suficientes sobre la forma en que toma sus decisiones”.&nbsp;</p>



<p>También se les prohibe expresamente la “discriminación por mecanismos automatizados de toma de decisiones”.</p>



<p>Durante los primeros tres años de vigencia de la ley, quedará bajo funciones del Consejo Superior Laboral la emisión de un informe anual en el cual se evaluará <strong>el impacto de su implementación.</strong></p>
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