Operadores de telefonía fija y móvil no deberán cortar servicios en Brasil durante Covid-19

La Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) de Brasil indicó que a partir del 9 de abril todos los proveedores de telefonía fija y móvil deben abstenerse de suspender o interrumpir la prestación de sus servicios durante el periodo de emergencia por el Covid-19. Además, ordenó que los operadores restauraran dichos servicios para los consumidores que fueron cortados por incumplimiento.

La medida es en cumplimiento de las decisiones judiciales del 2 y 7 de abril, de la sentencia del 12° Tribunal Civil Federal de São Paulo.

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En la carta enviada a los proveedores, la Anatel explicó que en una declaración anterior señaló la imposibilidad de la Agencia de suspender el suministro de servicios telefónicos a los consumidores, ya que esta atribución pertenece a los proveedores. Sin embargo, el tribunal otorgó la solicitud de reparación anticipada, imponiendo no cortar los servicios a los acusados, incluida la Anatel.

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“En ausencia del efecto suspensivo de los embargos de la declaración presentada, los acusados ​​son intimidados para cumplir plenamente con la decisión embargada, dentro de las 48 horas, bajo pena de multa diaria de 50 mil reales por incumplimiento, y debe comunicarse a todos los proveedores de servicios esenciales para que cumplan con los términos de esta decisión, es decir, restablecer los servicios esenciales, dentro de las 24 horas”, determinó el tribunal.

Esta decisión cubre todo el territorio nacional, excepto la Agencia Reguladora de Saneamiento y Energía del Estado de San Pablo (Arsesp), cuyo alcance está restringido a los límites territoriales del Estado de São Paulo, en relación con todos los consumidores titulares de derechos individuales homogéneos en discusión: agua, gas y telefonía fija o celular.