Jamaica | Se requiere orden judicial para rastrear transacciones digitales

Jamaica Observer

THE Bank of Jamaica (BOJ) dice que anticipa ahorros por la expansión del uso de la moneda digital, ya que el costo de producir digital es mucho menor a largo plazo que el del papel y las monedas.

Sin embargo, a diferencia de la moneda física con numeración única que se puede rastrear, además de los titulares de billeteras y quienes las emiten, aquellos interesados ​​en rastrear las transacciones digitales deberán obtener una orden judicial para hacerlo.

El BOJ dijo al Jamaica Observer : “Debido al hecho de que CBDC [moneda digital del banco central] tiene una huella digital, existe la capacidad de rastrear. Lo que es importante tener en cuenta es que el proveedor de billetera puede monitorear la información personal y las transacciones de los clientes. “Sin embargo, esta información no se comparte con el Banco de Jamaica ni con ninguna otra autoridad debido a la confidencialidad y protección de datos de los clientes. Esta información solo se puede compartir bajo una orden judicial. Bank of Jamaica solo capturará datos generales para el análisis económico ”, se destacó.

Se ha acuñado un total de 230 millones de dólares en moneda digital, actualmente conocida como CBDC, en el marco del ejercicio piloto CBDC del banco central que finaliza en diciembre de 2021. Pronto se revelará el nombre oficial de la moneda. Tras un piloto exitoso que finaliza el 31 de diciembre de 2021, se espera el despliegue nacional en 2022. Los casos de uso (pagos de persona a persona, de persona a empresa y de asistencia social del Gobierno de Jamaica) y la interoperabilidad de los sistemas de pago minoristas existentes se están probando en el piloto.

El BOJ espera que los ahorros de costos surjan de su propiedad de la tecnología involucrada en la producción de moneda digital. La producción de moneda física la realiza un tercero a través de un proceso de adquisición. El Banco de Jamaica instruye al tercero sobre la cantidad a imprimir (billetes de banco) y acuñar (monedas). Sin embargo, para la moneda digital, el banco, en virtud de la tecnología (que es propiedad del banco), tiene la capacidad de acuñar por sí mismo. En términos de costo, la acuñación de moneda digital es menor que el costo de adquirir moneda física a través de proveedores externos.

CBDC es una forma digital de moneda emitida por el banco central y, por lo tanto, es moneda de curso legal. No debe confundirse con la criptomoneda, que se emite de forma privada, generalmente no está respaldada por una autoridad central y no

realizar todas las funciones esenciales del dinero. Como moneda de curso legal, CBDC se puede cambiar dólar por dólar con efectivo físico. Los hogares y las empresas podrán utilizar CBDC para realizar pagos y almacenar el valor, como ahora se obtiene con efectivo. La CBDC está respaldada por el banco central emisor y se emite a las instituciones financieras autorizadas para incluir instituciones de captación de depósitos al por mayor, tal como se hace ahora con la moneda física.

Para las transacciones digitales, la emisión de la denominación, como una moneda de diez centavos o un billete de $ 5000, no es aplicable. La denominación solo se aplica a la moneda física. La moneda digital nunca toma forma física. Siempre permanece en una red informática y se intercambia por medios digitales. Por ejemplo, en lugar de utilizar billetes de dólar físicos, se realizarían compras transfiriendo moneda digital a los minoristas mediante un dispositivo móvil. CBDC, cuando se considere moneda de curso legal para uso general, permitirá transacciones de cualquier tipo, excepto pagos transfronterizos, indica el BOJ.