Excélsior Maricarmen Cortés
La Segunda Sala de la SCJN ratificó el amparo concedido por un juez federal que, básicamente, regresará al IFT la facultad para emitir nuevos lineamientos de derechos de las audiencias, o decidir si entran en vigor los emitidos por el Pleno del IFT —con el voto en contra de tres comisionados— en noviembre de 2016 y que deberían haber entrado en vigor el 16 de febrero de 2017.
El grave problema con estos lineamientos y con la denominada Ley Mordaza es que pretende que los radiodifusoras y televisoras distingan en sus transmisiones entre información y opinión, y entre publicidad y contenido en cada programa.
Tras la presentación de dos controversias constitucionales vs. los lineamientos por parte del Senado y del Ejecutivo, el Pleno del IFT difirió su entrada en vigor hasta noviembre de 2017, pero en octubre de este año se reformó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, retirando al IFT la facultad para emitir los lineamientos.
Con la resolución de la SCJN, el Congreso tendrá que regresar al IFT la facultad para emitir nuevos lineamientos, ya sea en un periodo extraordinario o esperar que entre en funciones la nueva Legislatura
El problema es que los anteriores lineamientos no pueden volver a emitirse porque el IFT ya realizó algunos cambios en materia de derechos de audiencia que ya están en vigor, es especial para personas con discapacidad auditiva o visual.
Además, está aún vigente una acción de inconstitucionalidad presentada por el Senado en 2017 y que todavía no resuelve la SCJN.