Derecho Digital | Registro de celulares: el dilema innecesario

Reforma Jorge F. Negrete P.

Apenas nace y la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) tiene un mandato que la coloca en un “dilema innecesario”.

La CRT nace con el objetivo de regular el sector de las telecomunicaciones en México (infraestructura digital) y, con ello, dar cumplimiento al artículo 6o de la Constitución, que consiste en habilitar el ejercicio del derecho fundamental de acceso a Internet, a los servicios de telecomunicaciones, a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC); y la banda ancha.

Aquí la primera pregunta: ¿El Estado y sus instituciones deben tutelar, promover el acceso a Internet, las TIC y los servicios de telecomunicaciones? Sí. Aquí comienza el dilema y la siguiente pregunta. ¿Puede una la ley secundaria mandatar la cancelación de este derecho? No. ¿Por qué?, porque hay una contradicción constitucional, no se puede garantizar un derecho fundamental y después cancelarlo sin el debido proceso.

El derecho de acceso a Internet es un derecho habilitante de todos los derechos humanos en el mundo digital, cancelas una línea móvil, cancelas todos: libertad de expresión, libertad de opinión, el derecho de acceso a la cultura, a la educación, al libre tránsito, al trabajo y a la economía digital. Adicionalmente, cuando se habilita el derecho de acceso a Internet con infraestructura digital, nace la “persona digital”, siempre conectada, en todas partes (concepto propuesto por mi).

Estamos viendo el nacimiento del “Constitucionalismo Digital”, una dimensión de interpretación entre la relación constitución y la tecnología digital. La infraestructura digital y las redes de telecomunicaciones habilitan la existencia de una sociedad digital, el ejercicio de todos los derechos fundamentales y el nacimiento del constitucionalismo digital.

Pero ¿qué es el Constitucionalismo Digital? Éste procura el acceso a estos derechos fundamentales en el mundo digital, los tutela, garantiza y protege. Por lo tanto, cualquier acción de poder público (poderes del Estado), o poder privado, que atente, limite total o parcialmente, conculque, suspenda, cancele u opere en contra de los derechos fundamentales en esta dimensión, viola contundentemente el Estado de derecho, la democracia, la Constitución y la ley.

Las leyes que atentan en contra de derechos fundamentales como el registro público de usuarios de servicios digitales, tal y como está diseñado, van en contra del Constitucionalismo digital. Ahora bien, ¿Hay registros públicos móviles eficientes en el mundo? Si, pero vienen acompañados de una sólida institucionalidad en materia de política pública, privacidad y protección de datos personales. México carece de una oficina de protección de datos personales independiente.

La nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) establece este mandato. Recién nacida, la CRT ejecuta un mandato que va en contra de su naturaleza, no está en sus prioridades inmediatas y la expone a un descrédito innecesario.

En otro enfoque, el efecto en materia de economía digital es un golpe en el pie para el gobierno de la presidenta Sheinbaum. Mientras las políticas del gobierno buscan el crecimiento, desarrollo y fortalecimiento de la economía digital, el registro puede generar un efecto en contra del desarrollo económico del país.

En efecto, al suspender cuentas de Internet, habrá un impacto directo en el mundo de las plataformas y servicios de Internet como pagos digitales (impuestos), transferencias económicas internacionales, plataformas de movilidad, fintech, educación, redes sociales, innovación y competitividad. Mientras la CRT debe estar concentrada planeando la licitación 5G más importante de América Latina, su mandato la distrae y empuja a un mundo político de consecuencias devastadoras.

El mandato legislativo estuvo mal planteado y el Congreso debe proteger a la CRT y corregir lo antes posible. El registro no es una prioridad, nuestra economía y el Estado de derecho, sí.

A veces, lo correcto tampoco es correcto.

Presidente de DPL Group

X / @fernegretep