El reciente acuerdo alcanzado entre la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) y WOM, visado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), constituye un error institucional y un pésimo precedente para el futuro de la política pública en telecomunicaciones en Chile. Más allá de los beneficios inmediatos que se esgrimen para la empresa, el país ha retrocedido en materia de certeza regulatoria y de respeto a las reglas de las convocatorias y de los contratos públicos.
El caso es grave por donde se le mire. Por un lado, la manifiesta omisión por el incumplimiento de la compañía en tres ocasiones reiteradas, sin sanciones cuando correspondía y en los términos establecidos.
Por otro, porque rompe con la lógica de las garantías, aquél instrumento público que el Estado tiene para proteger los recursos públicos, permitiendo que se “fraccionen” o “negocien” debilitando la herramienta y abriendo la puerta a prácticas oportunistas como ofertar agresivamente en las licitaciones, incumplir y luego renegociar; mientras que, por otro lado, este incumplimiento dejó indefensos a varios pequeños proveedores de infraestructura que vieron impagos las obligaciones contraídas.
El CDE, al validar este camino, se extralimitó en sus facultades, ya que la caducidad de concesiones está regulada en la Ley General de Telecomunicaciones y no puede ser modificada por acuerdos administrativos.
Dicha normativa establece los criterios de extinción y las sanciones aplicables y ningún organismo del Estado está facultado para redefinir o alterar tales disposiciones.
Al validar un acuerdo que introduce condiciones distintas a las previstas en la ley, se genera un precedente riesgoso: la idea de que los marcos contractuales y legales pueden ser renegociados discrecionalmente, debilitando la certeza jurídica que debe primar en un sector estratégico como el de las telecomunicaciones.
Más allá de los números, el acuerdo daña la confianza en la institucionalidad chilena. Si el Estado no hace cumplir íntegramente los contratos, se erosiona la certeza regulatoria y se arriesga un costo reputacional en futuras licitaciones. ¿Qué incentivo tendrán las empresas para cumplir estrictamente si saben que la sanción puede renegociarse?
El caso puntual daña el fortalecimiento estructural de las políticas públicas en materia de infraestructura digital. En este escenario, queda en evidencia el debilitamiento institucional en los sistemas de seguimiento y control de avances de proyectos adjudicados; la ausencia de la autonomía técnica y capacidad de reacción oportuna; y la carencia de los mecanismos contractuales para corregir a tiempo y no sólo sancionar a posteriori.
Es urgente observar la estructura de competencia del mercado de las telecomunicaciones. Incluso abordar los procesos de reorganización judicial, ante la posibilidad de que puedan utilizarse maniobras deliberadas para evitar sanciones y reestructurar una operación sin consecuencias, con el fin de mantener artificialmente una posición de mercado.
No puede permitirse un modus operandi reiterado en los sectores regulados, donde utilizan los procesos de reorganización judicial como una estrategia para reestructurar operaciones, evadir sanciones y mantener posiciones de mercado que de otro modo se verían comprometidas. Los que incumplen finalmente obtienen ventajas indebidas frente a quienes cumplen rigurosamente con la normativa.
No es posible que se le pierda el respeto a la arquitectura normativa que por años ha sido la columna vertebral del desarrollo digital del país. No se puede vanagloriarse por haber comprado tiempo, si con ello se perdió parte del valor público comprometido.
No está en duda la intención del regulador nacional, pero lo cierto es que el país necesita reglas claras, cumplimiento efectivo y un marco institucional que combine certezas jurídicas con exigencia de resultados. Y esa tarea exige un Estado firme, ágil y confiable. Ese era nuestro gran valor como país, ahí estaba nuestro reconocimiento internacional, ahí estaba nuestro talento.
