Brasil: en riesgo Autoridad Nacional de Protección de Datos

La medida provisional debe ser votada por plenarios de la Cámara y del Senado antes del 3 de junio, fecha en que expira.

La medida provisional (MP) 869/2018, que crea la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD), se encuentra en las dos semanas decisivas para votación en los plenarios de la Cámara y del Senado, ya que el texto perderá validez el 3 de junio.

Los consultores legislativos afirmaron al medio local Tele.síntese que si la medida expira por estar en la relación de diez medidas provisionales amenazadas, el gobierno del presidente Jair Bolsonaro podrá reeditar aún en este año el mismo texto en otra MP. Eso porque la legislación sólo prohíbe la reedición de la MP en el mismo año legislativo.

Sin embargo, señalan que incluso con una nueva MP, habrá dificultades para hacer que la Autoridad funcione debido a la inestabilidad política que implica ese tipo de materia, cuya vigencia es temporal si no es validada por el parlamento.

El diputado Orlando Silva intentará cerrar el acuerdo con los líderes del gobierno y la oposición para dar prioridad a la votación en la Cámara.

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Protección de datos

Para reconstruir la ANDP, la medida provisional altera la Ley 13.709 de 2018 conocida como Ley General de Protección de Datos Personales (LGPD), que propuso el nuevo órgano con autonomía administrativa y financiera.

En la versión aprobada en mayo en la comisión mixta de diputados y senadores, la ANPD recupera la competencia para aplicar castigos, como la suspensión del funcionamiento de base de datos y la prohibición del ejercicio de actividades relacionadas con el tratamiento de informaciones.

La primera versión del informe preveía la sustitución de las penalidades de suspensión total y la prohibición total por intervenciones administrativas. Pero, según el diputado Orlando Silva, la medida “impondría una carga desproporcionada sobre el sector productivo de tratamiento de datos”.

En la complementación de voto, él prevé la pena de suspensión de las actividades por seis meses, prorrogable por igual período en caso de reincidencia.