Brasil – Anatel rechaza eliminar regulación asimétrica para operadores con poder de mercado
Las medidas se refieren a la obligación de presentar ofertas de referencia que incluyan la conexión y el transporte de datos desde puntos de intercambio de tráfico de Internet (IXP) que establecerán grupos con Poder de Mercado Significativo (PMS) en el mercado relevante.
La Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) de Brasil rechazó una solicitud del Sindicato Nacional de Empresas de Telefonía y de Servicios Móvil Celular y Personal (Sinditelebrasil) que pedía la suspensión definitiva de las medidas asimétricas de regulación que cambiaron en el Plan General de Metas de Competencia (PGMC).
Las medidas se refieren a la obligación de presentar ofertas de referencia que incluyan la conexión y el transporte de datos desde puntos de intercambio de tráfico de Internet (IXP), que establecerán grupos con Poder de Mercado Significativo (PMS) en el mercado relevante para la oferta mayorista de transporte de datos de alta capacidad.
La decisión fue tomada por unanimidad por el Consejo Directivo de la Anatel y publicada en el Diario Oficial de la Unión.
La visión de SindiTelebrasil
El sindicato alega que “el PGMC ha establecido una ‘obligación de hacer’ para los grupos PMS, lo que significa tener un POI (Punto de Interconexión) o PPI (Punto de Presencia de Interconexión) en todos los municipios donde la compañía tiene PMS. Si bien esta medida regulatoria asimétrica tiene la intención (en teoría) de facilitar la interconexión de datos, también impone una medida regulatoria muy distinta y pesada en relación de los demás proveedores de telecomunicaciones”.
SindiTelebrasil afirma que tal medida obligará a los grupos PMS a realizar grandes inversiones potencialmente innecesarias en donde no existe demanda para tales servicios.
“Cabe señalar que no se previó un análisis de viabilidad técnica para el cumplimiento de esta obligación”, subraya el sindicato.
La entidad argumenta que el “POI y el PPI son puntos de intercambio de datos entre proveedores de telecomunicaciones y son elementos de la red de telecomunicaciones. Por lo tanto, deben ser administrados por proveedores de telecomunicaciones, con la concesión adecuada para la prestación del servicio, y están sujetos a todas las regulaciones aplicables a las redes de telecomunicaciones emitidas o adoptadas por esta agencia”.
SindiTelebrasil también afirma que el Reglamento General de Interconexión (RGI) establece que las condiciones para la interconexión de redes están sujetas a negociación libre entre las partes interesadas.
Los argumentos, sin embargo, no convencieron al relator del proceso, el consejero Aníbal Diniz, quien en su análisis consideró que “la evaluación de impacto regulatorio que sustenta todos los cambios realizados en el PGMC, hizo un análisis muy detallado de los fundamentos técnicos y económicos, que culminó con medidas asimétricas relacionadas con la estimulación de la interconexión de datos a través de PTT”.