La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España decidió prorrogar por tres años los compromisos a los que se subordinó la autorización de la concentración entre Telefónica y la filial de televisión de paga DTS (Canal +), en 2015.
Según explicó el regulador en un comunicado, durante este periodo se mantendrán todos los compromisos, salvo el relativo a “la adquisición en exclusiva de derechos de emisión en España de contenidos audiovisuales no deportivos de estreno de terceros para su emisión en SVOD (Subscription Video On Demand)”.
También detalló que se adecúa el compromiso relativo al mantenimiento de las condiciones aplicadas en 2015 a los titulares de los canales de televisión de terceros.
De esta manera, Telefónica deberá seguir ofreciendo a los otros operadores de TV de paga una oferta mayorista con sus canales de cine y de deportes a precios regulados.
Cuando se aprobó la fusión, la CNMC había impuesto una serie de obligaciones a Telefónica que duraban cinco años. Entre ellos, había compromisos relacionados con el mercado de televisión de paga en España; compromisos relativos a los mercados de comercialización mayorista de contenidos audiovisuales y de canales de televisión; y compromisos relacionados con el acceso a la red de Internet de Telefónica.
“El Consejo de la CNMC ha considerado que, con carácter general, persisten los riesgos para la competencia efectiva identificados en el marco inicial de la concentración y que la situación competitiva de los mercados afectados justifica que se mantengan durante tres años adicionales los compromisos adoptados”.
La única obligación que la CNMC levantó fue la relacionada con el contenido no deportivo premium de terceros ya que, para el regulador, en lo que respecta a los derechos para emisión en la modalidad de video bajo demanda, este poder de compra ha quedado erosionado en relación con la situación analizada en 2015.