Colombia eleva a 300 Mbps la velocidad mínima para ofrecer Internet de banda ancha

La CRC actualizó por primera vez en siete años los estándares de banda ancha en Colombia y aumentó 30x la velocidad de descarga y 12x la de subida.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) de Colombia elevó de 25 a 300 Mbps la velocidad mínima de descarga y de 5 a 150 Mbps la velocidad mínima de subida que deberá cumplir un operador de telecomunicaciones para comercializar una oferta de Internet como banda ancha

La decisión, aprobada mediante la Resolución N.º 8307 de 2026 de la CRC, multiplica por doce (12x) la referencia de descarga y por treinta (30x) la de subida, tras actualizar la definición vigente desde 2019. 

Según el regulador sectorial colombiano, con esta actualización las expresiones de banda ancha y ultra banda ancha estarán asociadas a condiciones más acordes con la evolución de los usos y de las redes, lo que les dará a los usuarios una referencia más clara para identificar y comprar ofertas de Internet fijo.

Transición gradual por municipios

Las nuevas velocidades se aplicarán de forma gradual según el nivel de desarrollo del mercado de Internet fijo en cada municipio. Para ello, la CRC los agrupa en cuatro categorías: alto-moderado, bajo, incipiente y limitado

En los municipios de categorías alto-moderado, a partir del 1 de octubre de 2026 sólo podrán comercializarse como banda ancha las ofertas que garanticen al menos 300 Mbps de descarga y 150 Mbps de subida. 

Mientras tanto, en los municipios de categorías bajo, incipiente y limitado, la implementación será gradual: 100 Mbps de descarga y 50 Mbps de subida desde el 1 de octubre de 2026; 200 Mbps y 100 Mbps desde el 1 de octubre de 2027, y 300 Mbps y 150 Mbps desde el 1 de octubre de 2028.

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La Comisión indicó que la implementación gradual reconoce que las condiciones de infraestructura y desarrollo no son iguales en todo el territorio. Y con la ruta propuesta, todos los municipios en 2028 contarán con la misma referencia de banda ancha. 

Por otro lado, el organismo regulador señaló que la denominación de ultra banda ancha corresponderá a ofertas con velocidades mínimas de 1,000 Mbps (1 Gbps) de descarga y 500 Mbps de subida, un incremento de 20x y 25x, respectivamente, frente a los 50 Mbps y 20 Mbps exigidos en la actualidad.