Jornada de 40 horas: la tecnología será clave para cumplir reforma laboral en México

La reforma de la jornada laboral de 40 horas en México obligará a las empresas a implementar el registro electrónico de la jornada laboral y adoptar herramientas digitales para cumplir con la ley, evitar multas y gestionar horarios, turnos y horas extra.

La reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales no sólo modificará el tiempo de trabajo en México. También obligará a las empresas a replantear la manera en que administran horarios, turnos y asistencia de sus colaboradores para cumplir con las nuevas disposiciones laborales.

La reforma constitucional entrará en vigor el 1 de enero de 2027, por lo que las organizaciones ya deben prepararse para cumplir con los cambios. La necesidad de anticiparse al nuevo marco regulatorio ha llevado a muchas empresas a evaluar herramientas tecnológicas que les permitan administrar jornadas laborales, turnos y cumplimiento normativo antes de que la reforma entre en vigor.

En entrevista con DPL News, Mirelle Kramis, directora de Transformación Digital de VenturesSoft, explica que la reforma, que reducirá la jornada semanal de 48 a 40 horas, representa mucho más que una disminución del tiempo de trabajo; implica transformar la manera en que las organizaciones gestionan a sus colaboradores, administran sus jornadas y miden la productividad. En este escenario, la digitalización se perfila como una herramienta clave para cumplir con la legislación y reducir el riesgo de sanciones.

¿Qué cambia con la reforma laboral?

El objetivo principal de la reforma es garantizar el derecho al descanso de las personas trabajadoras. Para facilitar la adaptación de las empresas, la implementación será gradual durante un periodo de cuatro años:

  • 2027: reducción a 46 horas semanales.
  • 2028: reducción a 44 horas semanales.
  • 2029: reducción a 42 horas semanales.
  • 2030: entrada en vigor de la jornada de 40 horas semanales.

Kramis destacó que la legislación no obliga a establecer jornadas de ocho horas diarias de lunes a viernes. Las empresas podrán distribuir los horarios de acuerdo con las necesidades de su operación, siempre que respeten el límite semanal establecido y las nuevas disposiciones sobre horas extra, que contemplan criterios más estrictos respecto a su duración y pago.

Registro electrónico será un elemento clave

Uno de los cambios más relevantes será la obligación de implementar un registro electrónico de la jornada laboral para comprobar el cumplimiento de los horarios y el pago correcto de las horas extra.

Este mecanismo permitirá a las empresas contar con evidencia del cumplimiento de la jornada laboral y facilitará la verificación de la información cuando sea requerida por la autoridad competente.

De acuerdo con la especialista, los mecanismos tradicionales, como listas de asistencia en papel o relojes checadores físicos, resultarán insuficientes ante un entorno laboral donde cada vez son más comunes el trabajo remoto, los esquemas híbridos y las plantillas con personal en campo, ventas o transporte.

MIRELLE KRAMIS DPL AGC 2026
Mirelle Kramis, directora de Transformación Digital de VenturesSoft

Además, advirtió que las organizaciones que no implementen un sistema de registro electrónico podrían enfrentar multas de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Tecnología, aliada del cumplimiento laboral

Ante este nuevo escenario, la adopción de aplicaciones móviles especializadas en el control de tiempos ofrece beneficios tanto para los colaboradores como para las empresas.

Para los trabajadores, estas herramientas permiten registrar entradas y salidas desde cualquier lugar, sin necesidad de trasladarse a una oficina física. Esto resulta especialmente útil para quienes laboran bajo esquemas híbridos o desempeñan actividades comerciales y de campo, ya que optimiza tiempos y evita desplazamientos innecesarios.

Para las organizaciones, además de facilitar el cumplimiento de la reforma laboral y reducir el riesgo de sanciones, estas soluciones mejoran la administración de turnos, roles y ausencias. Asimismo, integran automáticamente la información con los sistemas de nómina, lo que disminuye errores derivados de procesos manuales y agiliza la gestión del personal.

Privacidad: ¿aplicaciones rastrean a trabajadores?

Al mismo tiempo, uno de los aspectos que más inquietud genera entre los colaboradores es el uso de herramientas de geolocalización. Sin embargo, Kramis aclaró que las soluciones tecnológicas actuales no funcionan como sistemas de monitoreo permanente.

El registro electrónico opera mediante tres elementos principales:

  • Geolocalización puntual: la aplicación registra la ubicación únicamente en el momento en que el colaborador realiza el registro de entrada o salida, ya sea mediante GPS o redes WiFi.
  • Validación de identidad: tecnologías como el reconocimiento facial con detección de vida permiten confirmar que quien realiza el registro es el colaborador autorizado y ayudan a prevenir fraudes.
  • Enfoque en el cumplimiento: la aplicación no monitorea las actividades del trabajador fuera de su jornada laboral ni durante sus periodos de descanso, ya que el sistema sólo se activa cuando la persona decide registrar su entrada o salida.

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La directiva consideró que la transición hacia la jornada laboral de 40 horas requerirá algo más que ajustes administrativos. Las empresas deberán revisar sus políticas internas, definir claramente sus turnos de trabajo y apoyarse en herramientas tecnológicas que aporten transparencia, tanto para garantizar el cumplimiento de la legislación como para brindar a los trabajadores mayor certeza sobre su jornada laboral.

En este contexto, VenturesSoft ofrece la plataforma Human Control de Tiempos, desarrollada para ayudar a las organizaciones a cumplir con la obligación del registro electrónico de la jornada laboral.

La herramienta integra aplicaciones móviles con reconocimiento facial, detección de vida y geolocalización para validar los registros de entrada y salida. De acuerdo con Kramis, estas funciones permiten verificar la identidad del colaborador y confirmar que se encuentra en el lugar de trabajo asignado, sin realizar un seguimiento intrusivo fuera de su horario laboral.