España | CNMC avala reforma a servicio universal de telecomunicaciones pero con recomendaciones

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España ha informado favorablemente el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento que regula el servicio universal de telecomunicaciones y otras obligaciones de servicio público (IPN/CNMC/018/26). El organismo regulador considera que la reforma mejora el acceso a estos servicios y amplía la protección de los usuarios, aunque plantea diversas propuestas para reforzar su aplicación práctica.

Principales novedades de la reforma

El proyecto de Real Decreto adapta el régimen de servicio universal al contexto actual de despliegue de redes de alta capacidad e introduce varias novedades relevantes. Entre ellas destaca la elevación de la velocidad de descarga mínima de acceso a Internet de 10 a 100 megabits por segundo (Mbps), además de la fijación de otros estándares técnicos como la latencia. Asimismo, desarrolla el régimen de asequibilidad del servicio universal e impulsa las tarifas sociales para usuarios con rentas bajas o necesidades sociales especiales.

Al respecto, la autoridad española valora favorablemente el incremento de la velocidad mínima de acceso a Internet de banda ancha, al alinearse con los objetivos de digitalización y con el elevado nivel de cobertura existente en España. También aprecia los avances en la protección social de los usuarios, en particular la obligación de los operadores de ofrecer tarifas reducidas a los colectivos vulnerables.

No obstante, el organismo supervisor plantea recomendaciones en dos áreas fundamentales: la disponibilidad del servicio y la asequibilidad a través de las tarifas sociales.

El proyecto introduce la posibilidad de no designar un operador específico para prestar el servicio universal si el mercado ya garantiza su provisión en condiciones adecuadas de competencia. En ese caso, todos los operadores deberían atender las solicitudes de los usuarios y garantizar la disponibilidad del servicio en sus áreas de cobertura.

La CNMC considera que este modelo de no designación es coherente con el enfoque europeo, pero recomienda concretar mejor su aplicación práctica, sin imponer a los operadores obligaciones más allá de lo que dispone la Ley General de Telecomunicaciones. El regulador señala que pueden surgir dudas en situaciones donde la prestación implique costes elevados o requiera inversiones adicionales, por lo que propone valorar mecanismos complementarios —como ayudas públicas o instrumentos de apoyo a la demanda— para asegurar el acceso efectivo al servicio.

Refuerzo de las tarifas sociales

En materia de asequibilidad, la CNMC considera positivo que se definan los beneficiarios de tarifas sociales —vinculados a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital— y que se establezca un descuento mínimo del 25% sobre los elementos del servicio universal. Sin embargo, propone reflejar expresamente la facultad de la CNMC para modular dicho porcentaje, teniendo en cuenta los resultados del informe anual de asequibilidad.

El organismo advierte que las tarifas sociales pueden resultar poco efectivas si la regulación no tiene en cuenta las formas de contratación más habituales. En este sentido, propone que la contratación conjunta de servicios —por ejemplo, paquetes que incluyan telefonía móvil— no conlleve la pérdida de los descuentos aplicables a los servicios incluidos en el servicio universal.

La CNMC ha asegurado que continuará supervisando la evolución de los precios y las condiciones de prestación del servicio universal, con el objetivo de garantizar su disponibilidad y asequibilidad para todos los usuarios, en línea con las funciones que le atribuye la normativa vigente.