SCJN confirma impuesto de 2% a plataformas: Alianza In advierte retroceso

La SCJN rechazó los argumentos de un amparo promovido por Uber contra el aprovechamiento de 2% que deben pagar las plataformas por el uso y explotación de la infraestructura en la CDMX.

Pese a las objeciones de las plataformas digitales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el impuesto de 2% que deberán pagar empresas como Uber Eats, Rappi, DiDi, Amazon y Mercado Libre en la Ciudad de México.

La Suprema Corte refrendó la aplicación del pago de 2% previsto en el Código Fiscal capitalino, aplicable a las comisiones que cobran las plataformas digitales por concepto de aprovechamiento por el uso y explotación de la infraestructura.

En su análisis sobre un amparo promovido por Uber contra el cobro, la SCJN concluyó que esta norma protege los derechos de quienes participan en estas actividades económicas, dado que prohíbe trasladar el pago a usuarios, repartidores u oferentes de bienes. 

Además, la Corte señaló que los recursos obtenidos pueden destinarse preferentemente al mantenimiento de la infraestructura de la ciudad, lo que fortalecería el derecho a la movilidad y promovería un entorno más seguro, accesible y equitativo para la ciudadanía.

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El fallo de la Corte también rechazó los argumentos de las plataformas digitales que advertían que el cobro de 2% no era un aprovechamiento, sino que se trataba de un impuesto.

Las plataformas digitales y especialistas argumentaron que en realidad se trata de un cobro de derechos, por lo que viola principios de justicia tributaria, dado que la medida sólo se busca aplicar a las plataformas de reparto, cuando en realidad existen otros sujetos que también usan la infraestructura pública y no están sujetos a dicho impuesto.

Por ejemplo, las empresas de logística, los camiones de mudanzas o las de transporte de carga que llevan insumos hacia los supermercados o la Central de Abastos.

Sin embargo, el alto tribunal determinó que este ingreso tiene la naturaleza de un aprovechamiento, es decir, un ingreso no tributario destinado a compensar el desgaste y uso intensivo de las calles, vialidades y demás bienes de dominio público.

Medida afectará al ecosistema: Alianza In

Alianza In, una asociación que agremia a las plataformas digitales como Uber, DiDi y Rappi, lamentó la resolución de la Suprema Corte, y alertó que “tendrá un impacto importante y regresivo en el ecosistema de plataformas del que dependen miles de personas”.

La asociación explicó que esta medida “da un trato fiscal discriminatorio con respecto a otros prestadores de servicios similares y pone en duda el cumplimiento de México de sus compromisos comerciales internacionales, en particular los del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC)”.

El impacto negativo, aseguró, no sólo será para las plataformas, sino también para las comunidades de repartidores, los pequeños y medianos negocios que dependen en buena medida de esta modalidad de reparto y los consumidores finales.

Previamente, en junio de este año, la SCJN había declarado la inconstitucionalidad de este aprovechamiento en un juicio relativo al mismo artículo del Código Fiscal de la Ciudad de México. Pero el nuevo fallo va en dirección contraria. Esto, en opinión de las plataformas, genera confusión e incertidumbre a las empresas.