¿Regular contenidos audiovisuales?

Reforma Clara Luz Álvarez

Las plataformas que difunden contenidos audiovisuales en internet adoptan múltiples modalidades, como las redes sociodigitales (YouTube, Facebook, TikTok, X), las de contenidos (Netflix, Claro, Prime, Blim). No existe regulación especial al día de hoy sobre ellas. Por otra parte, están las empresas de radio, TV abierta y TV restringida (p. ej. TV por cable), que deben contar con una concesión y están sujetas a regulación.

Antes de pretender trasladar obligaciones de los radiodifusores a las plataformas digitales, tenemos que (1) poner a las audiencias en el centro, (2) identificar cuáles son los temas de interés público que se busca atender y (3) encontrar la manera de lograrlos. En algunos casos, la solución será liberar de obligaciones a radiodifusores; en otros, ampliar su observancia a plataformas digitales, y habrá aspectos que requieran cirugía mayor tanto para radiodifusores como plataformas.

La premisa de la que propongo partir es: las personas que acceden a contenidos audiovisuales son audiencias y tienen derechos, independientemente de si los reciben por radio, TV o a través de plataformas digitales.

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