El Osiptel aprobó nuevas normas de seguridad para la contratación de servicios de telecomunicaciones, que incluyen la contraseña única y la verificación biométrica.
Perú tiene nuevas disposiciones sobre seguridad en los servicios de telecomunicaciones, que abordan tanto la contratación de los servicios como el reporte del robo o pérdida de los teléfonos móviles, así como los mecanismos para cuestionar el bloqueo del equipo y la suspensión del servicio.
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó nuevas normativas de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones y Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg).
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Estas establecen la necesidad de realizar los bloqueos de equipos clonados y la atención de los cuestionamientos que puedan presentar los abonados.
Protección ante pérdidas y robos
De acuerdo con la resolución Nº 00061-2024-CD del Consejo Directivo del OSIPTEL, publicada este jueves 14 de marzo en el diario oficial El Peruano, tras el reporte de pérdida o robo de los teléfonos por parte de los usuarios, los operadores estarán obligados a suspender simultáneamente el servicio y bloquear el equipo, por lo que no podrá facturar el consumo de datos que se haga a partir de ese momento.
Mientras que, en el caso de que el usuario lo recupere, podrá reportarlo en las oficinas o centros de atención a usuarios ante la misma empresa operadora, la cual deberá entregarle un código correlativo al reporte.
Y, si fuera necesario presentar un cuestionamiento sobre el bloqueo del equipo y la suspensión del servicio, el abonado deberá hacerlo, en la medida de lo posible con el documento físico o digital que acredite la propiedad del equipo.
Seguridad en la contratación de los servicios
La norma estipula que la contraseña única debe ser empleada por el operador como mecanismo de contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones y deberá entregársela ya sea mediante un código provisional, un enlace personalizado o una clave secreta al realizar cualquier trámite en que se valide su identidad.
También establece que, previo a la entrega del servicio móvil, se requiere validar la identidad del abonado mediante la verificación biométrica de la huella dactilar contrastada con la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
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La normativa también establece que, en caso de indisponibilidad del sistema Renteseg, el operador deberá proceder de manera preventiva con el bloqueo del equipo terminal móvil.
Finalmente, señala que los concesionarios móviles deberán implementar un registro con la información de los equipos terminales móviles que hayan sido perdidos, recuperados o sustraídos, además de los reportados por fraude y uso prohibido, que deberá incluir el IMEI, el motivo del reporte y el número telefónico desde el cual se haya realizado.
