Operadores telecom de Perú no podrán suspender servicios, pero sí reducir beneficios
Las compañías tienen hasta mañana para informar los criterios para fraccionar las deudas de los usuarios de telefonía, Internet y cable.
El mes pasado, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) de Perú prohibió que los operadores suspendan los servicios por falta de pago durante la contingencia sanitaria por el Covid-19. En una nueva normativa complementaria, establece que sí podrán reducir las prestaciones ofrecidas si el usuario no cubre las tarifas al término del periodo de gracia. Esto aplicaría, por ejemplo, a disminuir la velocidad de la conexión de Internet.
De acuerdo con la resolución 00040-2020, los operadores no deberán realizar ninguna reducción cuando los clientes se encuentren en un plan de fraccionamiento para saldar sus recibos vencidos, e informarán previamente las condiciones para aplicar esta medida.
Sin embargo, el regulador dispuso que, cuando las compañías recurran a esta disminución de los beneficios de telefonía, Internet o cable, se tendrá que cobrar en adelante un monto menor, equivalente a las características del plan que ahora recibiría el abonado.
Hace una semana, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones anunció que los peruanos podrán fraccionar sus pagos de servicios de telefonía, Internet y televisión de cable hasta por 12 meses durante la pandemia, con el fin de que tengan mayor flexibilidad para cubrir los costos tomando en cuenta los efectos económicos que ha tenido el virus.
Ahora, el Osiptel dijo que las empresas tienen hasta este miércoles para notificar los criterios bajo los cuales brindarán estas facilidades a sus clientes, quienes solicitarán adherirse al fraccionamiento vía telefónica o en los canales digitales.
Esta medida se aplicará sólo a los recibos vencidos de marzo “o que comprendan consumos del periodo de emergencia”, señaló. Además, los operadores no podrán cobrar intereses moratorios o compensatorios por la falta de pago; de ser así, el suscriptor podrá realizar un reclamo.
Otra de las nuevas acciones es la habilitación de la compartición de datos (tethering). El regulador dispuso que durante la pandemia las empresas deberán implementar este mecanismo para cualquier plan tarifario, con el fin de ampliar la conectividad entre miembros de un mismo hogar.
