Neutralidad de la red: el IFT sí escuchó

El Economista Jorge Bravo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los lineamientos de gestión de tráfico en Internet, mejor conocida como “neutralidad de la red”. El regulador escuchó los reclamos de censura y afectación a la libertad de expresión que contenían los lineamientos originales que puso a consulta pública. Desapareció el intento de censura, tomó más relevancia la libertad de los usuarios de acceder a contenidos, aplicaciones y servicios en Internet sin discriminación e incorporó las enseñanzas de la pandemia de acceder gratuitamente a información de interés público.

La neutralidad de la red consiste en que los proveedores de servicios de Internet administren el tráfico de datos por igual, sin discriminar y sin cobrar de manera diferente según el contenido, página web, plataforma, aplicación, tipo de equipamiento utilizado para el acceso o modo de comunicación. El objetivo es que Internet no sea dividida en autopistas rápidas para quienes puedan pagar y en senderos lentos para quienes no lo hagan.

El término fue acuñado en 2003 por el investigador Tim Wu, quien actualmente colabora en la administración del presidente Joe Biden como asesor especial del Consejo Económico Nacional.

La neutralidad de la red surgió para proteger a los usuarios de Internet de malas prácticas comerciales y de gestión de red discriminatoria de los operadores. Busca prohibir el bloqueo, interferencia, discriminación, entorpecimiento y restricción arbitrarios de las actividades de los usuarios de Internet por parte de los proveedores de Internet.

Además de los usuarios, quienes más se benefician de la neutralidad de la red son las empresas y plataformas de Internet, porque sus servicios y apps dependen de un acceso libre y no intencionalmente lento a la red. Pero sin olvidar que son los operadores de telecomunicaciones los que realizan las inversiones millonarias para el despliegue y calidad de esa red.

Pero los lineamientos previos del IFT pretendían que los proveedores de servicios de Internet implementaran políticas de gestión de tráfico a petición expresa de una “autoridad competente” (no especificada ) o de un usuario final. Eso desapareció.

El riesgo que existía es que una autoridad judicial, política, fiscal u otra le solicitara a los operadores de telecomunicaciones limitar, degradar, restringir, discriminar, obstruir, interferir, filtrar o bloquear contenidos, aplicaciones o servicios a los usuarios de Internet.

Esa medida abría la puerta a la censura y bloqueo de contenidos, sitios o servicios incómodos para un gobierno o particular, como cuando la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia ordenó la suspensión de Uber por “competencia desleal”, es decir, por ofrecer un mejor servicio que los taxis tradicionales.

En este mismo espacio señalé que los lineamientos originales del IFT no atendían el mandato constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Los nuevos lineamientos de neutralidad de la red fortalecen que en la gestión de tráfico, administración de red y provisión del servicio de acceso a Internet los operadores deberán asegurar “la libre elección de los usuarios finales para acceder a los contenidos, aplicaciones y servicios en Internet”.

El IFT pudo ser más explícito y señalar que los proveedores de Internet podrán implementar políticas de gestión de tráfico y administración de red que estén encaminadas a asegurar la calidad, capacidad y velocidad del servicio de Internet contratado por los usuarios, para preservar la integridad y seguridad de la red y también para ejercer el derecho fundamental de libertad de expresión.

Sin embargo, en los considerandos y motivación de los nuevos lineamientos el IFT reconoce, citando la Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e Internet del 1 de junio de 2011, que los Estados “tienen la obligación de promover el acceso universal a Internet para garantizar el disfrute efectivo del derecho a la libertad de expresión. El acceso a Internet también es necesario para asegurar el respeto de otros derechos, como el de educación, atención de la salud y trabajo, el derecho de reunión y asociación y el derecho a elecciones libres”.

Con ello, se deduce que el acceso a Internet, a contenidos, servicios y aplicaciones en línea es un medio que permite simultáneamente el ejercicio de otros derechos, mediante el intercambio, carga y descarga de tráfico. Es decir, mediante la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin fronteras y a través de cualquier tecnología.

También se agregó en los nuevos lineamientos que en las políticas de gestión de tráfico y administración de red los proveedores de Internet deberán asegurar la privacidad de los usuarios, lo cual no estaba previsto y fue otro de los reclamos expresados durante los foros de consulta pública.

La pandemia trajo aprendizajes en materia de neutralidad de la red. Una novedad de los lineamientos es que los operadores podrán ofrecer acceso gratuito a contenidos, aplicaciones y/o servicios de autoridades federales, estatales o municipales, de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de organismos autónomos, que contribuyan con la reducción de la brecha digital. También de instituciones financieras para promover la inclusión financiera digital.

El confinamiento en los hogares y el trabajo a distancia por el riesgo de contagio a la Covid-19 generó la necesidad de acceder a información pública, contenidos de salud, educativos y a trámites de gobierno o bancarios a través de Internet.

Hacerlo de forma libre y gratuita implicó reconocer que en la neutralidad de la red existen excepciones. Los operadores deben administrar el tráfico y la red en situaciones de emergencia y desastres para garantizar el acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones, contenidos y aplicativos.

Cuando en 2003 Tim Wu defendió la neutralidad de la red los anchos de banda y la velocidad de Internet eran estrechos. Las nuevas generaciones tecnológicas ofrecen mejores desempeños, capacidad y rapidez. Ahora las carreteras digitales son más veloces y lo serán aún más en el futuro 5G. Si al IFT le corresponde tutelar la neutralidad de la red, debe crear las condiciones regulatorias para una mayor inversión en redes con certidumbre jurídica, liberación de más frecuencias y para que todos los usuarios tengamos la libertad de buscar, recibir y difundir información y contenidos en Internet.

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