El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de México ofrecerá un nuevo servicio de alertas automatizadas a concesionarios y permisionarios, sobre los periodos de solicitudes para prórrogas de concesiones.
Se trata de un sistema automatizado al que podrán suscribirse los concesionarios y permisionarios, para recibir los avisos a través de correo electrónico y puedan realizar sus trámites en tiempo y forma.
El órgano regulador mexicano informó que dichos mensajes pueden ser entregados mediante correo electrónico a los más de 2 mil 700 representantes legales que se encuentran registrados en la Ventanilla Electrónica del IFT, para que, si es de su interés, presenten la solicitud correspondiente, por dicha vía remota o, si lo prefieren, de manera física en la Oficialía de Partes del Instituto.
El Instituto explicó que los mensajes que envía el Sistema se crean de manera automatizada con la información que obra en las bases de datos oficiales del Registro Público de Concesiones (RPC), la cual permite realizar el cálculo del periodo para presentar la solicitud de prórroga, de esta forma genera y manda un aviso informativo al inicio del periodo y recordatorios posteriores de manera adicional.
“Una problemática que se ha presentado con cierta frecuencia en los trámites de prórroga de concesiones es que estos se realizan fuera del plazo que establece la ley, por lo que esos casos se han resuelto de manera negativa; por ello, sin exentar de las obligaciones propias del concesionario, este sistema automatizado de envío de correos electrónicos para recordar la fecha oportuna, busca ser un instrumento de gobernanza electrónico que contribuya a la mejor gestión de las concesiones en lo que corresponde a las prórrogas, y así promover la continuidad en la prestación de los servicios en beneficio de los usuarios y las audiencias”, comentó Javier Juárez Mojica, presidente del IFT.
El Instituto aclaró que dicho sistema de alertas se trata de una herramienta con fines meramente informativos, la cual tiene el propósito de orientar al concesionario para presentar oportunamente la solicitud de prórroga.
Detalló que el mensaje que reciben los interesados no crea, modifica o extingue derechos, ni establece obligaciones, así como tampoco constituye un acto de autoridad o determinación del Instituto; por tanto, no sustituyen la solicitud de prórroga cuya
responsabilidad corresponde realizar al concesionario en los plazos y términos establecidos en el marco normativo aplicable.