Industria digital alerta por artículos 30-B y 113-Bis del Código Fiscal en México que amenazan privacidad, innovación y pymes
Asociaciones empresariales expresaron su preocupación por los artículos 30-B y 113-Bis del Código Fiscal de la Federación en México, al señalar que podrían dañar el desarrollo del ecosistema digital en el país. La adición de estos artículos en el Código Fiscal fueron presentados dentro del Paquete Económico 2026.
Organizaciones como la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) y la Asociación Mexicana de Venta Online (AMVO) consideran innecesario y desproporcionado el Artículo 30-B, que otorga a la autoridad acceso directo, en línea y en tiempo real a bases de datos privadas de las plataformas digitales. Afirman que esta medida compromete la privacidad y los derechos de los usuarios, al permitir acceso sin orden judicial, vulnerando la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y disposiciones constitucionales.
Asimismo, advierten que el mecanismo de bloqueo administrativo de aquellas plataformas que no otorguen acceso se percibe como censura previa, afectando la libertad de expresión y la confianza en la economía digital.
En el posicionamiento conjunto, firmado también por la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti), aclaran que las operaciones digitales quedan registradas y ya son rastreables a través del sistema financiero, por lo que el acceso en tiempo real no aporta valor y, por el contrario, presenta riesgos de ciberseguridad.
Por ello, solicitan al Congreso retirar la propuesta y abrir un diálogo técnico para encontrar alternativas que fortalezcan la recaudación tributaria sin comprometer derechos humanos.
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Respecto al Artículo 113-Bis del Código Fiscal, que propone sanciones penales a plataformas digitales que permitan anuncios de comprobantes fiscales falsos, las organizaciones reclaman que la “disposición impone una carga de monitoreo, control y debida diligencia sin precedentes sobre intermediarios tecnológicos, plataformas de anuncios clasificados, redes sociales, motores de búsqueda y medios digitales que alojan contenido generado por terceros”.
Los firmantes aseveran que este artículo no considera las realidades operativas y tecnológicas de los modelos de contenido abierto autogestionado y podría penalizar desproporcionadamente a “actores que no tienen capacidad técnica o legal para validar en tiempo real la veracidad de los productos o servicios publicitados”.
Asimismo, señalan, criminaliza la intermediación digital sin distinguir entre omisión, dolo o imposibilidad técnica, lo que podría inhibir la publicidad digital y afectar a pymes y creadores de contenido. Incluso contraviene el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá, “que limita la responsabilidad legal de plataformas digitales respecto al contenido generado por terceros, siempre que no lo hayan creado o desarrollado”.
Por ello, urgen a que el Artículo 113-Bis “sea revisado, acotado o eliminado, para evitar una parálisis regulatoria que dañe irreversiblemente el desarrollo del ecosistema digital en México”.
International Chamber of Commerce México (ICC México), Information Technology Industry Council (ITI), Interactive Advertising Bureau (IAB México), la Asociación Mexicana de Agencias de Promociones (Amapro) y la Alianza por el Valor Estratégico de las Marcas (AVE) también firmaron el posicionamiento en el que enfatizan que apoyan una fiscalización eficiente y proporcional; “lo que destacamos es la importancia de que su implementación se realice de manera segura, operable y con salvaguardas adecuadas, garantizando así un entorno favorable para los usuarios, las pymes y la competitividad digital del país”.