Pasan los días y la confusión crece en torno a la disolución del Fondo Fiduciario de Servicio Universal en Argentina. El Gobierno determinó el cese del Fondo pero no del aporte (del 1% de los ingresos) que deben hacer los operadores —tampoco de la política pública—, lo que abrió la polémica sobre si las obligaciones siguen corriendo o no para los prestadores de servicio. Una nueva resolución y más incertidumbre.
Distintas fuentes consultadas por DPL News hicieron énfasis en que el fin del Fondo determina, técnicamente, el fin de los aportes. Es que aunque el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) señaló que se trata de un cambio de administración de los fondos, eso parece no estar tan claro “en los papeles”, lo que incluso podría abrir una puja en el plano judicial. ¿Enacom sigue teniendo autoridad sobre qué ocurre con un Fondo que fue disuelto?
Enacom ratifica su decisión
El artículo quinto de la Ley de Bases autoriza al Poder Ejecutivo a modificar, transformar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos, y su inciso C agrega que si el fondo fuera financiado por una asignación específica de aportes, tanto la asignación como los aportes se considerarán eliminados. En esto se basó Movistar para efectuar una presentación concluyendo que “no le correspondía efectuar los pagos de los aportes del Servicio Universal” a partir de su liquidación.
La compañía fue por más al señalar que, siempre según la nueva resolución del Enacom, tampoco le corresponde su constitución en mora por falta de pago de dichos aportes ni la generación de interés alguno.
El regulador se respaldó en una respuesta del Ministerio de Economía, al que pidió intervención sobre el tema, para insistir en que “a los fines de asegurar la política pública de garantizar el acceso al Servicio Universal, que en los términos del DECTO-2025-6-APN-PTE permanece vigente, los licenciatarios de servicios TIC deberán continuar realizando el aporte según la forma y mecanismo utilizados al presente”.
En su intervención, la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía señaló que “resulta clara la subsistencia de la obligación de realizar aportes” y agregó que “la falta de pago de dichos aportes podría dar lugar a una situación de mora”. Esto tomando también como argumento que el artículo 7 del decreto de disolución del Fondo deja claro que las obligaciones continúan vigente”.
Aunque para el Enacom la decisión 6/2025 fue informada como un cambio prácticamente de formas, afín a hacer más transparente y eficiente la gestión de los recursos, la determinación no está tan clara para los actores involucrados, que analiza los pasos a seguir. ¿Se termina el FFSU? ¿Habrá marcha atrás del gobierno o se creará un nuevo Fondo, con otro nombre y distintas características? Las próximas semanas traerán respuestas para el tema; eso espera la industria.