Es oficial: AMLO publica decreto para Padrón de Telefonía Móvil

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil ya es un hecho.

El Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, publicó esta tarde en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se modificará la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para poder crear el nuevo registro de números móviles en el país.

Se trata de un padrón de líneas móviles que pedirá a cada usuario, sin excepción, datos personales, e incluso recolectará datos biométricos.

Entérate | El ABC del nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

El decreto señala que los concesionarios y permisionarios deberán recabar los datos de los usuarios, mientras que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) será el encargado de administrarlos y resguardarlos.

“El Instituto expedirá las disposiciones administrativas de carácter general para la debida operación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el cual es una base de datos con información de las personas físicas o morales titulares de cada línea telefónica móvil que cuenten con número del Plan Técnico Fundamental de Numeración, y cuyo único fin es el de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables”, señala el Artículo 180 Bis que se adiciona a la Ley como parte del decreto.

Respecto al recabado de información, el decreto advierte que este podrá realizarse a través de medios remotos, de acuerdo con las reglas que emitirá el IFT.

“Para efectos de lo anterior se utilizarán medios digitales y se permitirán medios remotos, siempre que se garantice la veracidad e integridad de la información, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que emita el Instituto”, señala.

Asimismo, se establecen los casos de infracciones en las que podrían incurrir los concesionarios o permisionarios, por ejemplo, cuando efectúen de manera extemporánea el registro de un número, no registrar modificaciones tras avisos, no registrar un número, o bien al alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita, o registrar datos falsos, por mencionar algunos.

El decreto advierte que el órgano regulador se encargará de erogar, con cargo a su presupuesto actual y subsecuentes lo que se requiera para sus encargos por el padrón.

“El Instituto Federal de Telecomunicaciones realizará las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, se realicen con cargo a su presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal y subsecuentes”, se lee en el documento.

También señala que los concesionarios y autorizados se harán responsables de los costos de implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

El decreto entrará en vigor este 17 de abril, a partir del cual el IFT tendrá 180 días naturales para emitir las disposiciones administrativas de carácter general a las que se refiere dicho mandato.

“La no emisión de las disposiciones de carácter general en el plazo referido en el párrafo anterior, dará motivo a responsabilidad administrativa para los integrantes del órgano de gobierno del Instituto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, dice el decreto.

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