Cómo ha votado hasta ahora la Corte sobre la responsabilidad de las redes sociales en Brasil

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil reanudó este miércoles el juicio sobre la constitucionalidad del artículo 19 del Marco Civil de Internet, que está siendo conducido en Pleno. Hasta el momento, sólo han votado tres ministros: Dias Toffoli, Luiz Fux y el presidente de la Corte, Luís Roberto Barroso.

El juicio, de repercusión general, fue interrumpido y será retomado este jueves 5 de junio, tras el uso de toda la sesión por parte del ministro André Mendonça para leer su voto, aún no concluido. El tiempo consumido también pospuso otras deliberaciones previstas para el día.

Los tres ministros que votaron se manifestaron en contra de la constitucionalidad del artículo 19, aunque con fundamentos distintos. El entendimiento común es que la norma, al blindar a las plataformas de responsabilidad por contenidos de terceros, excepto por orden judicial, crea un desequilibrio entre la libertad de expresión y derechos fundamentales como el honor, la imagen y la integridad, además de dificultar la actuación en casos de desinformación y discurso de odio.

El artículo 19 establece que los proveedores de aplicaciones en Internet como redes sociales y marketplaces sólo pueden ser responsabilizados civilmente por daños derivados de contenidos generados por usuarios si incumplen una orden judicial que determine la eliminación del material.

En la práctica, se entiende que el dispositivo otorga una especie de “inmunidad condicional”, que obliga a la víctima de un daño a acudir al Poder Judicial para obtener la responsabilización de la plataforma.

Aunque el dispositivo fue pensado para proteger la libertad de expresión y evitar la censura privada, ha sido cuestionado ante el aumento de la desinformación, el discurso de odio, los ataques a la democracia y otras formas de ilícitos digitales que se propagan rápidamente en entornos en línea.

Lo que está en juego en el Tribunal Federal

Los ministros que votaron este miércoles expresaron entendimientos distintos, pero convergentes:

  • Dias Toffoli, ponente de uno de los recursos, defendió la inconstitucionalidad total del artículo 19. Para el ministro, el dispositivo transfiere indebidamente al Poder Judicial una función que debería ser de las plataformas: moderar contenidos evidentemente ilegales. Toffoli argumentó que la norma genera una “protección excesiva”, incentiva la omisión y es incompatible con los deberes de cuidado esperados de grandes intermediarios digitales. Comparó a las plataformas con imprentas o editoriales físicas, que tienen responsabilidad sobre lo que publican.
  • Luiz Fux acompañó a Toffoli, también considerando el artículo totalmente inconstitucional. En su voto, Fux defendió que, al tomar conocimiento inequívoco de un contenido ilícito, especialmente en los casos de mayor gravedad, como apología al nazismo o incitación a la violencia, la plataforma debe eliminarlo y puede ser responsabilizada, incluso sin orden judicial. Enfatizó que, cuando el contenido es patrocinado o impulsado, la responsabilidad es aún más evidente.
  • Por su parte, el presidente del STF, Luís Roberto Barroso, propuso una interpretación más restrictiva: para él, el artículo 19 es parcialmente inconstitucional. Barroso considera que la exigencia de orden judicial debe mantenerse para proteger la libertad de expresión en los casos más ambiguos, como delitos contra el honor, pero debe haber remoción inmediata mediante notificación para contenidos que configuren ilícitos evidentes, como pornografía infantil, racismo y atentados contra la democracia. El ministro también defendió que corresponde al Congreso regular obligaciones más amplias de mitigación de riesgos sistémicos, transparencia algorítmica y auditoría.

La decisión del STF puede generar efectos directos para las empresas que operan redes sociales, marketplaces, herramientas de búsqueda y servicios de mensajería. El cambio en la interpretación del artículo 19 exigirá mecanismos de moderación proactiva de contenidos, inversiones en cumplimiento automatizado y revisión de protocolos de respuesta a notificaciones extrajudiciales.

El caso concreto que motivó el juicio involucra a Google, condenado por mantener en línea videos ofensivos contra un concejal de São Paulo, pero el impacto del fallo será vinculante, es decir, redefinirá toda la jurisprudencia nacional sobre el tema.

El análisis se inició a finales de 2024, pero fue suspendido tras una solicitud de vista del ministro André Mendonça.

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