Colombia | MinTIC radica queja contra juez por la caducidad de contrato cuestionado

El Tiempo

La ministra de las Tecnologías y la Información y las Comunicaciones (TIC), Karen Abudinen, radicó una queja disciplinaria en contra del juez Alberto Mario Ospino, quien inicialmente había ordenado frenar la caducidad del contrato cuestionado entre la Unión Temporal Centros Poblados (UT) y esa cartera, y luego reversó su decisión.

La queja, de 264 páginas, fue remitida por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial a su seccional del Atlántico por competencia.

El documento conocido por EL TIEMPO cuestiona que el juez promiscuo municipal de Puerto Colombia inicialmente  decretó una medida provisional de suspensión inmediata de los efectos jurídicos de las decisiones contenidas en las Resoluciones Número 01747 del 19 de julio de 2021 y 02013 del 13 de agosto de 2021, desconociendo al parecer las reglas de reparto de acciones de tutela.

En dicha resolución, el Ministerio decretó la caducidad del Contrato número 1043 de 2020 contra la Unión Temporal Centros Poblados 2020 luego de un proceso sancionatorio contractual.

Y en la resolución 2013 del 13 de agosto de 2021, el Ministerio confirmó esa decisión y  ordenó hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria por valor aproximado de 39.000 millones de pesos.

Tras la suspensión inicial de las resoluciones, el juez cambió su postura y no admitió la tutela y, con ello, se cayó la medida cautelar que congelaba la caducidad del contrato que es foco de investigaciones.

 “La caducidad del contrato y las medidas que hemos adoptado para proteger los recursos y el desarrollo de este proyecto de conectividad siguen en pie”, dijo la ministra al conocerse esa decisión.

La queja disciplinaria afirma que la actuación del juez fue irregular porque no tenía competencia para admitir la tutela presentada por el representante de la Unión Temporal Centros Poblados 2020, pues al estar dirigida a una autoridad del orden nacional, como lo es el Mintic  el asunto le correspondía a un juez del Circuito o de igual categoría.

“Como juez de la República y juez constitucional, le correspondía al funcionario judicial contra quien se eleva la presente queja, previamente a resolver sobre la admisión de la presente acción de tutela y el decreto de la medida provisional, advertir que su Despacho y él como titular del mismo, no era competente para asumir su conocimiento, dado la regla de reparto enunciada”, dice la queja.

“En tal sentido, le correspondía al servidor judicial aquí enjuiciado, indicar que no le asiste competencia para conocer del amparo constitucional y, en consecuencia, disponer su remisión inmediata a un Juzgado del Circuito”, agrega el documento.

En ese sentido, la ministra Karen Abudinen pidió investigar al juez por presunto incumplimiento de sus deberes “y una consecuente comisión de la falta disciplinaria de la que aquí se le alegan y de las que en el trámite se llegaren a determinar, al desconocer las reglas de reparto de las acciones constitucionales de tutela”.