La Corte Constitucional, en Sala Plena, acaba de dejar en firme la denominada Ley del Teletrabajo. Esto en respuesta a una demanda que presentó el abogado Juan Sebastián Ramírezen contra de la Ley 2088 de 2021 que, entre otras cosas, reglamenta el trabajo en casa y la cual empezó a regir en 2021, en plena pandemia.
Según el abogado demandante, la ley debió tramitarse en el Congreso como una ley estatutaria, ya que se trata de una regulación de aspectos centrales del derecho al trabajo. Sin embargo, la Corte la declaró ajustada a la Constitución.
Con ponencia del magistrado Alejandro Linares, la Sala Plena de esta corporación concluyó que “la Ley 2088 de 2021 no incurrió en un desconocimiento de la reserva de ley estatutaria, en tanto que dicha categoría especial de ley no es predicable de la normatividad cuestionada, pues no se está [en] presencia de una regulación (i) integral, estructural y completa del derecho al trabajo; (ii) no se impacta en su núcleo esencial; (iii) ni se refiere a los elementos estructurales que conduzcan a una afectación de este derecho”.
Consulta más información aquí.