Código Fiscal mexicano contempla seguimiento y bloqueo de plataformas digitales
El nuevo artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), presentado dentro del Paquete Económico 2026, introduce una obligación inédita para las plataformas digitales que operan en México.
A partir de su entrada en vigor, las empresas que ofrezcan servicios como streaming, intermediación en línea o plataformas de la economía colaborativa deberán permitir a las autoridades fiscales el acceso en línea y en tiempo real a la información de sus sistemas y registros relacionados con operaciones realizadas en el país.
La medida podría afectar a millones de usuarios que verían limitado su derecho de acceso a Internet y a servicios esenciales, a la vez que implicaría la adaptación de los sistemas tecnológicos de las plataformas y una intromisión indebida a los datos y privacidad de los usuarios.
La reforma busca reforzar la capacidad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para monitorear de manera inmediata el cumplimiento de obligaciones fiscales. El acceso constante a datos de transacciones pretende cerrar espacios de evasión y asegurar que las plataformas, incluidas aquellas con residencia en el extranjero y sin establecimiento físico en México, paguen y retengan los impuestos correspondientes.
En caso de incumplimiento, la sanción será contundente: el bloqueo temporal de los servicios digitales en territorio mexicano, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 18-H Bis a 18-H Quintus de la Ley del IVA.
Dicho bloqueo se realizaría a través de los concesionarios de telecomunicaciones que operan en el país, lo cual en la práctica suspendería el acceso de los usuarios a las plataformas afectadas.
Desde 2021 la Ley del IVA ya contemplaba que en caso de que las plataformas no paguen y/o retengan los impuestos, será bloqueado temporalmente el acceso a los servicios digitales, vía los operadores de telecomunicaciones.
La incorporación de este artículo abre la puerta a la vulneración de derechos fundamentales en Internet. Al contemplar el bloqueo de servicios digitales como sanción por incumplimiento, la medida afectaría a las empresas y a millones de usuarios que verían limitado su derecho de acceso a Internet y a servicios esenciales como educación, trabajo remoto, movilidad o comercio electrónico.
De esta forma, un instrumento diseñado para garantizar ingresos tributarios terminaría configurándose como un mecanismo desproporcionado de control, que atenta contra la conectividad universal reconocida como un derecho habilitador de la libertad de expresión, la participación democrática y el desarrollo económico.
El CFF establece que el SAT podrá emitir reglas de carácter general para determinar las características técnicas de los registros y sistemas, a fin de garantizar la seguridad jurídica de los contribuyentes. Asimismo, contempla que la autoridad fiscal coordine acciones con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para el análisis de datos y la gestión tecnológica.
De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa es un mecanismo de control administrativo que brinda al fisco información veraz e inmediata sobre las operaciones de la economía digital. El objetivo, dice, es mejorar la eficiencia recaudatoria, garantizar equidad en el pago de impuestos y fortalecer la confianza en el marco regulatorio.
Para las plataformas digitales, esta nueva obligación implicaría adaptar sus sistemas tecnológicos para dar acceso en tiempo real al SAT, lo cual significa mayores costos de cumplimiento, inversión en seguridad de datos y ajustes en la gestión operativa. También plantea interrogantes sobre la protección de información sensible de usuarios y empresas frente a un acceso gubernamental constante.
Antecedente en la iniciativa de Ley en Materia de Telecomunicaciones
Vale señalar que este debate no es nuevo: ya tuvo un antecedente durante la discusión de la recientemente sancionada Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. El proyecto inicial del Poder Ejecutivo contemplaba en su artículo 109 que “las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia para el bloqueo temporal a una plataforma digital, en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables”.
Sin embargo, tras un amplio rechazo de asociaciones civiles y de la ciudadanía, que advirtieron que la medida podría derivar en restricciones indebidas a la libertad de expresión, el Congreso decidió suprimir esa disposición en el texto final.
En otras palabras, ya se había superado la idea de utilizar el bloqueo de plataformas como mecanismo sancionador en la ley sectorial, y su reaparición en el ámbito fiscal revive un debate que se consideraba cerrado.
Otros elementos del Paquete Económico de Sheinbaum
El secretario de Hacienda y Crédito Público, Edgar Amador Zamora, realizó el 8 de septiembre la entrega del Paquete Económico 2026 a la Cámara de Diputados.
Uno de los puntos más comentados del Paquete Económico 2026 es el incremento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las apuestas digitales y videojuegos con contenido violento. De acuerdo con la iniciativa, las apuestas en línea pagarán 50% de IEPS y los videojuegos violentos 8%.
Asimismo, se unificará la retención de impuestos en plataformas digitales y se impondrán obligaciones a las Fintech.
La Cámara de Diputados tendrá hasta el 20 de octubre para aprobar el Paquete Económico.