Brasil: operadores rechazan propuesta de asignación de frecuencia para la banda S

Claro indica que se deben realizar más estudios considerando posibles interferencias a los servicios que ya utilizan bandas adyacentes.

Los operadores de telecomunicaciones brasileños rechazaron la propuesta de destinación de frecuencias en la llamada banda S, colocada en consulta pública recientemente. La previsión de destinar las bandas de 1.990 MHz a 2.010 MHz y 2.170 MHz a 2.200 MHz, en carácter primario y sin exclusividad, para telefonía móvil y fija, banda ancha fija, servicio limitado privado y servicio móvil global por satélite no fue bien aceptada por los operadores.

En su manifestación, Claro destacó que la nueva configuración avanza sobre el derecho de uso conferido de la banda de 1.900 MHz a la empresa, “lo que nos causa extrema incomodidad”.

El operador resalta que posee actualmente operación relevante en las sub-bandas de frecuencia de 1,900 a 1,910 MHz y de 1,980 a 1,990 MHz, actualmente utilizadas para la prestación de servicios fijos, en particular de telefonía, de procedimiento licitatorio. “Cambiar, sin interés público relevante la destinación de esa banda, además de impactar una cantidad relevante de usuarios del servicio atendidos con ella, acaba por generar una importante inseguridad jurídica para el sector, lo que podrá incluso impactar negativamente el mercado, alejando inversiones futuras” .

Claro refuerza que además de la inseguridad generada en la alteración de la canalización de la banda, la configuración propuesta para el enlace o conexión de subida deberá obligatoriamente considerar el legado existente en las bandas adyacentes de descarga.

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Por lo cual, afirma que se deben considerar incluso “posibles interferencias co-canal y de canal adyacente, con el objetivo de identificar remedios para que sean resguardadas las inversiones realizadas por los operadores en otras bandas”.

Telefónica, por su parte, sugiere que “las condiciones de uso de radiofrecuencias constituyen un acto normativo de innegable relevancia, ya que tales condiciones orientan aspectos básicos de planificación y de operación de redes en las bandas de espectro como, por ejemplo, características de contigüidad de las bandas, es recomendable, por lo tanto, que el acto normativo sea objeto de debate público”.

El artículo 3 de la propuesta, que establece las condiciones de uso de las bandas, también fue objeto de manifestación de la GSMA, que se expresa en la misma línea de Telefónica. La resolución destaca que el referido artículo todavía causa preocupación “por el momento no hay análisis de compatibilidad con canales adyacentes.

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