El ministro Flávio Dino, del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil, aceptó la acción (ADI 7.708) de Abrintel contra la ley que revocó la compartición obligatoria de torres de telecomunicaciones en un radio de hasta 500 metros. Como la decisión es provisional, aún deberá ser deliberada en Plenario en la Corte Suprema para que sea definitiva.
La ley que prohibió el compartimiento (Ley 14.173/2021) se implementó inicialmente a través de una Medida Provisional (MP) que originalmente trataba otro asunto, en este caso, beneficios fiscales para Internet por satélite. Sin embargo, durante el proceso de conversión de la MP en ley, los parlamentarios incluyeron esta modificación sobre la compartición de torres.
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Debido a esto, Abrintel, que representa a las empresas de telecomunicaciones, defendió la inconstitucionalidad de la decisión. La asociación subrayó que las Medidas Provisionales sólo son aplicables a temas urgentes, y que el cambio que incluyó las torres fue hecho de manera inapropiada.
Además, argumentó que sin el compartimiento de torres se instalaría un escenario de retroceso en el país, en perjuicio de las personas que viven en regiones más alejadas, encareciendo el costo de los servicios y limitando la cobertura, en lugar de expandirla.
Otro punto levantado por Abrintel fue el riesgo para el medio ambiente debido a la necesidad de implementar torres en áreas adecuadas.