Antenas móviles en Perú no exceden los límites máximos permisibles de radiación no ionizante

Los resultados revelan que las antenas de comunicaciones móviles no superan, en promedio, el 1%, siendo 100% el valor máximo permitido.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de Perú realizó más de 23 mil 500 mediciones en los últimos cinco años para verificar que las antenas de telecomunicaciones no excedan los Límites Máximos Permisibles (LMP) de Radiaciones No Ionizantes (RNI).

El MTC señala que el objetivo de las mediciones es garantizar que las emisiones de las citadas antenas cumplan con los estándares establecidos por la normativa peruana e internacional, en salvaguarda de la salud de las personas.

Los resultados revelan que las antenas de comunicaciones móviles no superan, en promedio, el 1 por ciento, siendo 100 por ciento el valor máximo permitido, lo que va acorde con las recomendaciones de la Comisión Internacional de Protección contra la Radiación No Ionizante.

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En lo que va de 2020, la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones (DGFSC) del MTC ha realizado 386 mediciones de RNI, acciones preventivas que continuarán en los próximos meses, enfocándose en áreas de uso público.

El Ministerio precisa que existen dos tipos de radiación:

  • Ionizante; aquella capaz de alterar la estructura celular, como ocurre en el caso de exposición constante de las personas a los rayos x; y
  • No Ionizante; aquella que no alteraría la estructura celular de los seres vivos, usada para brindar servicios de telecomunicaciones.

Instalación de antenas

Las autorizaciones para la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones son procedimientos de aprobación automática, de competencia de las municipalidades, quienes tienen la obligación de efectuar acciones de fiscalización posterior en relación a los requisitos para la obtención de dichos permisos.

“Los gobiernos locales son competentes para disponer el retiro de la infraestructura pasiva de servicios de telecomunicaciones (antenas), en caso de que se vulnere alguna norma municipal, socio-ambiental o se ponga en riesgo la salud de las personas o la propiedad privada”, explicó la Directora General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del MTC, Patricia Díaz.