Perú | Límite de siete líneas por persona: los beneficios para los usuarios del servicio móvil
El OSIPTEL indicó que esta medida rige desde el 14 de febrero de este año.
Fuente: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel)
El Poder Ejecutivo estableció que desde el 14 de febrero de este año las personas naturales, peruanos y extranjeros, solo pueden contratar hasta siete líneas móviles a su nombre. ¿Cuáles son los beneficios de esta medida para los usuarios?
Según el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), con esta disposición se busca reducir el número de personas con decenas o cientos de líneas con contratación fraudulenta que pueden ser utilizadas para llamadas extorsivas y otros delitos. De esta manera, se busca brindar mayor seguridad a los ciudadanos, fortalecer el control frente al crimen organizado y contar con un registro de abonados más confiable para proteger a la población.
El Decreto Legislativo n.° 1738 responde al incremento sostenido de delitos como la extorsión, el fraude electrónico y la suplantación de identidad, los cuales suelen ejecutarse mediante líneas móviles registradas de manera irregular o bajo identidades falsas. En ese contexto, el establecimiento de un tope apunta a cerrar espacios de anonimato y mejorar la trazabilidad en la contratación del servicio.
La decisión de fijar el máximo en siete líneas se sustenta en la evidencia recogida por la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024, elaborada por Osiptel, que muestra que los usuarios peruanos suelen utilizar entre una y seis líneas móviles.
De esta manera, el límite no afecta el comportamiento habitual de los ciudadanos, pero sí evita acumulaciones atípicas vinculadas a posibles actividades ilícitas, como casos de personas con decenas o incluso miles de líneas a su nombre.
¿Qué pasa con los que tienen más de siete líneas?
El Osiptel indicó que los usuarios que ya contaban con más de siete líneas antes de la entrada en vigencia de la norma (hasta el 13 de febrero) no perderán sus servicios actuales, pero no podrán contratar nuevas líneas. La medida aplica únicamente hacia adelante, en respeto al principio de seguridad jurídica.
En esa línea, el organismo regulador verifica, desde la entrada en vigor de la norma el 14 de febrero, la cantidad de servicios móviles registrados bajo cada titular y, en caso de exceder el límite, solicita a las empresas operadoras que procedan con la baja de las líneas adicionales.
En caso de consultas, los usuarios pueden acudir a las oficinas del Osiptel desplegadas en todo el territorio nacional, llamar al FonoAyuda 1844 o escribir en el formulario de atención al usuario https://teayudamos.osiptel.gob.pe/.