Brasil | Anatel modifica reglamento del servicio telefónico fijo y establece un modelo de concesión

La Anatel (Agencia Nacional de Telecomunicaciones) de Brasil realizó una serie de revisiones al reglamento del Servicio Telefónico Fijo Conmutado (STFC) sobre aspectos del modelo de concesiones, normas de tarifación del servicio e interconexión de redes. La Resolución del 19 de agosto fue publicada en el Diario Oficial de la Unión (DOU) de este martes 27 de agosto, y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2026.

El Consejo Directivo de la Anatel estableció directrices para el contrato de concesión, cuya vigencia actual es hasta el 31 de diciembre de 2025. El contrato especifica que la prestación del servicio ocurrirá en áreas sin competencia adecuada, como regiones limítrofes o fronterizas, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, pudiendo renovarse una vez, si es necesario, “a título oneroso, de acuerdo con la normativa vigente en el momento del vencimiento del contrato de concesión”.

Universalización

La resolución hace referencia al Plan General de Metas para la Universalización del Servicio Telefónico Fijo Conmutado (PGMU), aprobado en 2021, y busca una adaptación del reglamento a las nuevas tecnologías, dado que el uso del teléfono fijo ha disminuido considerablemente en los últimos años.

Sin embargo, algunas obligaciones heredadas se han mantenido, conforme a lo previsto en el Reglamento de Universalización del Servicio Fijo, como es el caso de la presencia de teléfonos públicos. Estos deben ser implementados en localidades que consideren un promedio específico de habitantes por región, mediante modelos de cálculos del IBGE (Instituto Brasileño de Geografía y Estadística) o de Funai, en el caso de las aldeas indígenas.

También lee: España desregula el mercado mayorista de telefonía fija

La operadora es responsable de expandir y modernizar el servicio fijo cumpliendo con indicadores de calidad y metas establecidas para su universalización. La resolución también destaca que estos costos pueden ser parcialmente financiados por el Fondo de Universalización de los Servicios de Telecomunicaciones (FUST) según los términos del pliego.

Tarifación

Otro aspecto de la nueva regulación es la mantención de la libertad tarifaria en las modalidades de Larga Distancia Nacional (LDN) e Internacional (LDI).

  • Las tarifas máximas de uso de red por parte de los prestadores de STFC con poder significativo de mercado (PSM) serán establecidas por la Anatel basándose en modelos de costos. El cálculo de estas tarifas se realizará cada tres años.
  • Los grupos con poder significativo de mercado deben presentar anualmente a la Anatel los datos sobre el costo de las tarifas de uso de red, según el modelo LRIC (costo incremental de largo plazo).
  • Los prestadores con poder significativo de mercado deberán seguir tarifas específicas para el uso de sus redes. Estas tarifas varían para redes locales, interurbanas (TU-RIU2) y para conmutación (TU-COM), siempre respetando los límites definidos por la Anatel.
  • Las concesionarias pueden ajustar las tarifas anualmente, basándose en el Índice de Servicios de Telecomunicaciones (IST). Este ajuste automático se aplica a los planes básicos y toma en cuenta la variación del IST desde el último ajuste.