Washington propone ley para prohibir implantes de microchips a empleados

Los infractores deberá pagar una multa mínima de 10,000 dólares en la primera infracción ó 20,000 en el caso de violaciones recurrentes.

Una nueva propuesta legislativa en el estado de Washington, Estados Unidos, busca proteger la privacidad corporal de los trabajadores frente a los avances tecnológicos como son los implantes de chips subcutáneos.

El Proyecto de Ley de la Cámara 2303 (HB 2303), correspondiente a la sesión regular de 2026, propone prohibir estrictamente que los empleadores soliciten, exijan o coaccionen a cualquier empleado para que se le implante un microchip por cualquier motivo.

La iniciativa ha sido formalmente remitida al Comité de Normas Laborales y Lugar de Trabajo para su evaluación.

De acuerdo con el Congreso del estado de Washington, de aprobarse, la ley otorgaría al Departamento del Trabajo e Industrias la autoridad para investigar las quejas y sancionar económicamente a los infractores.

Si el Departamento determina que un empleador ha violado esta normativa, emitirá una citación y una notificación de evaluación.

De acuerdo con la iniciativa, las sanciones estipuladas son rigurosas, pues el empleador deberá pagar una multa mínima de 10,000 dólares en la primera infracción. En el caso de violaciones recurrentes, la sanción aumenta a un mínimo de 20,000 dólares por cada nueva infracción.

Además de las investigaciones dirigidas por el Departamento, la legislación contempla opciones legales para que los trabajadores afectados tomen acción por su cuenta.

Por ejemplo, un empleado agraviado podrá presentar una demanda civil ante un tribunal competente, disponiendo de un plazo de hasta tres años desde la fecha de la presunta infracción para iniciar el proceso.

En casos como el mencionado, los tribunales tendrían la facultad de otorgar al empleado afectado compensaciones que incluyen medidas cautelares, daños reales, daños punitivos, así como el pago de los honorarios y costos razonables de los abogados, señala la iniciativa de ley.

Para evitar ambigüedades, el texto de la ley define con precisión qué constituye un “microchip”. Se describe como un producto, dispositivo o tecnología que se implanta de forma subcutánea (debajo de la piel) y que contiene un número de identificación único e información personal que puede ser recuperada mediante un escáner externo.

Es importante destacar que la prohibición hace excepciones: no incluye dispositivos médicos implantados exclusivamente para el diagnóstico, monitoreo, tratamiento o prevención de problemas de salud, ni tampoco abarca elementos temporales adheridos a la superficie de la piel, como parches adhesivos o pulseras.