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		<title>Derechos para conductores y repartidores de plataformas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jorge Bravo]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Dec 2024 15:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[COLUMNISTAS]]></category>
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					<description><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="2396" height="1152" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo.jpg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="Opinion Jorge Bravo" decoding="async" fetchpriority="high" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo.jpg 2396w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-300x144.jpg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-1024x492.jpg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-768x369.jpg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-1536x739.jpg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-2048x985.jpg 2048w" sizes="(max-width: 2396px) 100vw, 2396px" title="Derechos para conductores y repartidores de plataformas 1"></div>El Economista Jorge Bravo En un hito legislativo que marca un antes y un después para el trabajo en plataformas digitales en México, la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum ha sido aprobada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. El cambio reconoce a [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="2396" height="1152" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo.jpg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="Opinion Jorge Bravo" decoding="async" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo.jpg 2396w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-300x144.jpg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-1024x492.jpg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-768x369.jpg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-1536x739.jpg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2024/08/Opinion_Jorge-Bravo-2048x985.jpg 2048w" sizes="(max-width: 2396px) 100vw, 2396px" title="Derechos para conductores y repartidores de plataformas 2"></div>
<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eleconomista.com.mx/opinion/derechos-conductores-repartidores-plataformas-20241213-738260.html" data-type="link" data-id="https://www.eleconomista.com.mx/opinion/derechos-conductores-repartidores-plataformas-20241213-738260.html" rel="nofollow noopener" target="_blank">El Economista</a>  Jorge Bravo</p>



<p class="wp-block-paragraph">En un hito legislativo que marca un antes y un después para el trabajo en plataformas digitales en México, la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum ha sido aprobada tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. El cambio reconoce a las personas trabajadoras de plataformas digitales, como conductores de DiDi y Uber y repartidores de Rappi, como empleados con derechos laborales y de seguridad social.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma introduce un nuevo Capítulo IX Bis en la LFT, el cual establece que el trabajo en plataformas digitales es una relación laboral subordinada. Significa que las personas trabajadoras estarán bajo el mando y supervisión de las plataformas que gestionan y asignan tareas mediante Tecnologías de la Información o aplicaciones informáticas, también denominadas “patrones”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La iniciativa define la relación laboral subordinada como el desempeño de actividades remuneradas que requieren presencia física para la prestación del servicio, gestionadas y supervisadas por plataformas digitales. Esta definición elimina la posibilidad de clasificar a los trabajadores como independientes o autónomos, un esquema que otorgaba mayor flexibilidad a los conductores y repartidores, esquema que agradaba a un porcentaje relevante de conductores y repartidores.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para que se reconozca esta relación laboral subordinada, la persona trabajadora debe generar ingresos netos mensuales equivalentes a al menos un salario mínimo, independientemente del tiempo efectivamente trabajado. En caso de no alcanzar ese umbral mensual, los conductores y repartidores serán considerados como trabajadores independientes y no se les retendrá lo relativo a la seguridad social. En todo caso, las plataformas deberán pagar el seguro cuando ocurra un riesgo de trabajo dentro del tiempo laborado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), alrededor de 658,000 personas trabajan en plataformas digitales en México. De esta cifra, 272,000 personas logran ingresos equivalentes o superiores a un salario mínimo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma advierte que el trabajo en plataformas digitales, aunque subordinado, “será primordialmente flexible y discontinuo”. Es decir, existe relación laboral durante el tiempo efectivamente laborado, comprendido desde que el conductor o repartidor acepta prestar el servicio hasta el momento en el cual concluye.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El reconocimiento de esta relación laboral trae consigo derechos como seguridad social, ya que las empresas deberán registrar a los repartidores y conductores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar aportaciones al Infonavit.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También se establece la obligatoriedad de firmar un contrato que deberá registrarse previamente ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral de la Secretaría del Trabajo, el cual incluirá cláusulas sobre ingresos, beneficios y políticas de gestión algorítmica. Las personas tendrán reparto de utilidades sólo si cumplen con un tiempo mínimo de 288 horas anuales de labor efectiva en la app.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Uno de los grandes retos de la regulación laboral en plataformas de Internet es equilibrar la naturaleza flexible del trabajo en plataformas con garantizar derechos laborales. Por ello, se establece que los conductores y repartidores pueden decidir sus horarios y conectarse o desconectarse a su voluntad. El salario será calculado en función de los servicios efectivamente realizados e incluirá beneficios proporcionales como días de descanso, vacaciones y aguinaldo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este esquema no exime a las plataformas de movilidad de cumplir con obligaciones como garantizar pagos semanales, registrar horas trabajadas y emitir recibos de pago.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma también detalla obligaciones específicas para las empresas, incluidas la inscripción obligatoria de los conductores y repartidores en el IMSS, garantizar la protección de datos personales (algo que ya se hacía), implementar mecanismos de atención para quejas y denuncias (ya existentes) y prohibición de prácticas como el cobro por inscripción.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Un aspecto llamativo de la reforma es la regulación de los algoritmos utilizados por las plataformas para asignar servicios y evaluar a los trabajadores, pues se trata de empresas de datos. Las compañías deben proporcionar un documento denominado “política de gestión algorítmica” que explique los criterios para asignación de tareas, consecuencias de calificaciones otorgadas por los usuarios, categorías e incentivos y penalizaciones que afecten las condiciones laborales. Lo anterior otorga transparencia en la relación laboral digital, sin intrusiones indebidas a los algoritmos de las plataformas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma laboral entrará en vigor 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, para que las plataformas se adapten a las nuevas reglas. El IMSS deberá realizar una prueba piloto de participación obligatoria para el mecanismo de aseguramiento de conductores y repartidores, lo cual puede incluir iniciativas adicionales que deberán presentarse ante el Poder Legislativo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma está avalada por el Congreso, pero restan conocer las verdaderas implicaciones y costos ocultos de dicha regulación laboral, así como el impacto en el modelo de negocio de las plataformas de Internet. Por lo que esta historia continuará…</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>X:</strong>&nbsp;@beltmondi</p>
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		<title>Trabajo desde casa, una realidad en México que falta ser regulada</title>
		<link>https://dplnews.com/trabajo-desde-casa-una-realidad-en-mexico-que-falta-ser-regulada/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[DPL News]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Sep 2020 14:01:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[Internet]]></category>
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					<description><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="1800" height="1013" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews homeoffice cv" decoding="async" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg 1800w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-300x169.jpeg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1024x576.jpeg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-768x432.jpeg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1536x864.jpeg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-696x392.jpeg 696w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1068x601.jpeg 1068w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-746x420.jpeg 746w" sizes="(max-width: 1800px) 100vw, 1800px" title="Trabajo desde casa, una realidad en México que falta ser regulada 3"></div>El CEO Ángel Alcántara El trabajo desde casa se convirtió en la respuesta obligada de la mayoría de las empresas para continuar operando en medio de la suspensión de actividades no esenciales para frenar el avance del COVID-19, pero existen lagunas en la reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="1800" height="1013" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews homeoffice cv" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg 1800w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-300x169.jpeg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1024x576.jpeg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-768x432.jpeg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1536x864.jpeg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-696x392.jpeg 696w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1068x601.jpeg 1068w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-746x420.jpeg 746w" sizes="auto, (max-width: 1800px) 100vw, 1800px" title="Trabajo desde casa, una realidad en México que falta ser regulada 4"></div>
<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://elceo.com/negocios/trabajo-desde-casa-una-realidad-en-mexico-que-falta-ser-regulada/" rel="nofollow noopener" target="_blank">El CEO</a>  Ángel Alcántara</p>



<p class="wp-block-paragraph">El trabajo desde casa se convirtió en la respuesta obligada de la mayoría de las empresas para continuar operando en medio de la suspensión de actividades no esenciales para frenar el avance del COVID-19, pero existen lagunas en la reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que espera su discusión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se estima que cerca del 40% de las empresas en el país adaptaron el teletrabajo este año, en algunos puestos, pero con deficiencia y de forma incompleta en la mayoría de los casos&nbsp;al carecer de una ley.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Senado aprobó el dictamen mediante el cual se reforma el artículo 311 de la LFT, aunque por el momento, sigue en la Cámara de Diputados en espera de ser discutido, y en su caso, aprobado para ser enviado al Ejecutivo.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><q>Es una propuesta importante, pero llama la atención que hace un año fue descartada en el proceso de Reforma Laboral, aun cuando es una de las modalidades de trabajo en crecimiento y no solo por la pandemia. Hay más de 15 millones de mexicanos que laboral como independientes y desde años trabajan en casa</q> dijo Armando Leñero, presidente del Centro de Estudios del Empleo Formal (CEEF). </p>



<p class="wp-block-paragraph">Algunos de los grandes faltantes en la reforma son: especificar horarios de trabajo desde casa; modificar la forma en que se supervisa el trabajo, al pasar de un esquema de horas trabajadas a uno de resultados; puntualizar los gastos del trabajo en casa como la luz, impresiones, internet y otros servicios para ser absorbidos por el empleador; redefinir los accidentes de trabajo ocurridos bajo esta modalidad de trabajo.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><q>Son las grande ideas y puntos que se deben incluir en la legislación. Ya hay algunas propuestas, pero falta definir en ley y reglamentos cómo se tienen que llevar a cabo</q> comentó Leñero.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://elceo.com/politica/reforma-que-promueve-el-home-office-cumple-un-ano-en-la-congeladora/" rel="nofollow noopener" target="_blank"><strong>La reforma lleva un año en la congeladora</strong></a></p>



<p class="wp-block-paragraph">El dictamen en pausa indica que el empleador debe otorgar al teletrabajador las herramientas necesarias como equipos y programas, medidas de productividad y de seguridad informática que debe conocer y cumplir, además de disposiciones que establezcan las obligaciones, derechos y responsabilidades que deben asumir ambas partes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Del mismo modo, el empleador debe promover el equilibrio de la relación laboral de los teletrabajadores, a fin de que gocen de un trabajo decente y de igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación, seguridad social y acceso a mejores oportunidades laborales.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://elceo.com/economia/teletrabajo-mexico-desempleo/" rel="nofollow noopener" target="_blank"><strong>Mira cómo el teletrabajo puede aumentar los niveles de desempleo en México</strong></a></p>



<h2 class="wp-block-heading">57% no está listo para regresar a la oficina</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El 57% de los trabajadores mexicanos aún no se sienten en las condiciones para volver de forma física a su lugar de trabajo, de acuerdo<a href="https://www.amedirh.com.mx/images/generales/boletin-informativo/coronavirus/KANTAR_Stay_at_Home_Experience_AMEDIRH_2020.pdf" rel="nofollow noopener" target="_blank"> a una encuesta realizada por la consultora Kantar</a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De entre los encuestados, el 51% dijo que utiliza el transporte público para llegar a su centro de trabajo; el 35% el automóvil; el 5% taxi o un servicio de transporte bajo demanda; 5% camina a la oficina; 3% bicicleta y 2% motocicleta.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><q>Las personas no se sienten preparadas para regresar a sus centros de trabajo por miedo a el contagio, sumado a que la mayoría usa el transporte público para desplazarse</q> dijo Israel Gudiño, commerce &amp; costumer experience VP de Kantar México en videoconferencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por otro lado, se espera que este modelo de trabajo se instaure. El 67% de los directivos de finanzas mexicanos consideran que el trabajo remoto podría ser una opción permanente para los puestos que así lo permitan, de acuerdo a una encuesta de PWC.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“La modalidad del home office es una que se perfecciona sobre la marcha, pero es necesario que las empresas tomen en consideración lo que piensan los colaboradores”, dijo Gudiño.</p>



<p class="wp-block-paragraph">De esta forma, las expectativas de los trabajadores hacia los empleadores son: el 98% espera que las compañías los apoyen, el 74% que tengan flexibilidad en horario y lugar de trabajo y el 42% que se promueva la comunicación digital como herramienta laboral, según los datos de Kantar.</p>
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		<title>Van por mayor discusión en dictamen de teletrabajo</title>
		<link>https://dplnews.com/van-por-mayor-discusion-en-dictamen-de-teletrabajo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[DPL News]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Jul 2020 13:20:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[COVID-19]]></category>
		<category><![CDATA[Internet]]></category>
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		<category><![CDATA[teletrabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="275" height="183" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/03/dplnews_teletrabajohackers_vr260320.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews teletrabajohackers vr260320" decoding="async" loading="lazy" title="Van por mayor discusión en dictamen de teletrabajo 5"></div>El Economista Ma. del Pilar Martínez El presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Jesús Baldenebro, afirmó que se circuló el dictamen sobre teletrabajo, con la finalidad de que se discuta ampliamente entre legisladores y organizaciones. “Hay más sensibilización del tema, pues la pandemia obligó a muchas empresas y trabajadores a [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="275" height="183" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/03/dplnews_teletrabajohackers_vr260320.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews teletrabajohackers vr260320" decoding="async" loading="lazy" title="Van por mayor discusión en dictamen de teletrabajo 6"></div>
<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Van-por-mayor-discusion-en-dictamen-de-teletrabajo-20200722-0003.html" rel="nofollow noopener" target="_blank">El Economista</a>  Ma. del Pilar Martínez</p>



<p class="wp-block-paragraph">El presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, Jesús Baldenebro, afirmó que se circuló el dictamen sobre teletrabajo, con la finalidad de que se discuta ampliamente entre legisladores y organizaciones. “Hay más sensibilización del tema, pues la pandemia obligó a muchas empresas y trabajadores a utilizar el teletrabajo a su modo, pero es necesario revisarlo”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En entrevista, explicó que hasta ahora se tiene como único documento de discusión el dictamen aprobado por la Cámara de Senadores y que contempla reformar el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y adiciona el capítulo XII BIS en donde se incluyen cinco artículos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Hay temas que deben revisarse bien. Las jornadas laborales no pueden ser excesivas, como tampoco debe darse una disminución de salario. De hecho, la discusión es bienvenida, sobre todo con organizaciones especializadas que buscan contribuir con las mejores experiencias para tener un trabajo digno”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cabe señalar que este jueves 23 de julio se dará un encuentro con legisladores y especialistas laborales quienes tendrán una amplia discusión sobre teletrabajo, pues “más que para tratar de incluir propuestas, se trata&nbsp; de diseñar o hacer una propuesta más seria y/o más responsable. Sobre todo porque esto llegó para quedarse, el día de mañana hay que pensar que habrá nueve requerimientos de trabajadores en el esquema de teletrabajo por uno en el esquema tradicional”, comentó el coordinador del Observatorio Laboral, Alfonso Bouzas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, el Sindicato de Trabajadores de la UNAM (STUNAM), emitió este 20 de julio un análisis sobre el tema dirigido a la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados en el que destaca que hay aspectos que se deben analizar como la voluntariedad, reversibilidad, igualdad de trato y no discriminación y claridad al establecer el tiempo de trabajo; causas de fuerza mayor; compensación por gastos de servicios y conectividad por parte del patrón; derecho a la desconexión digital fuera de la jornada de trabajo; libertad sinidcal, negociación colectiva y cobertura del contrato colectivo de trabajo y protección de datos personales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Además, “demanda que haya consultas tripartitas a través de un auténtico diálogo social institucional y permanente previo a la formulación, aplicación y control de la reforma laboral pretendida (el dictamen aprobado en el Senado) por lo que esta organización sindical queda atenta”, y reconoce que es pertinente realizar dichas modificaciones en materia laboral, siempre y cuando, “la misma tenga como centro los derechos individuales, colectivos y de seguridad social de los trabajadores”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Hay propuestas que piden que la redacción del articulado se revise a fondo, pues además de que hay una responsabilidades de custodia de equipos, se debe dejar sentado que habrá un desgaste normal que no será a costa de la persona trabajadora y en todo caso la persona empleadora asume los riesgos de las condiciones de vida de la persona trabajadora.</p>
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		<title>Diputados avalan dictamen que regula home office</title>
		<link>https://dplnews.com/diputados-avalan-dictamen-que-regula-home-office/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[DPL News]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Jul 2020 12:42:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[TECNOLOGÍA]]></category>
		<category><![CDATA[Cámara de Diputados]]></category>
		<category><![CDATA[home office]]></category>
		<category><![CDATA[LFT]]></category>
		<category><![CDATA[México]]></category>
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					<description><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="1800" height="1013" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews homeoffice cv" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg 1800w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-300x169.jpeg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1024x576.jpeg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-768x432.jpeg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1536x864.jpeg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-696x392.jpeg 696w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1068x601.jpeg 1068w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-746x420.jpeg 746w" sizes="auto, (max-width: 1800px) 100vw, 1800px" title="Diputados avalan dictamen que regula home office 7"></div>El Economista Pilar Martínez La Comisión de Trabajo y Previsión Social en la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que busca regular el teletrabajo en nuestro país, para lo cual se reformará el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y se adiciona el capítulo XII Bis, en donde se incluyen cinco artículos. [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div style="margin-bottom:20px;"><img width="1800" height="1013" src="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg" class="attachment-post-thumbnail size-post-thumbnail wp-post-image" alt="dplnews homeoffice cv" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv.jpeg 1800w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-300x169.jpeg 300w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1024x576.jpeg 1024w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-768x432.jpeg 768w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1536x864.jpeg 1536w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-696x392.jpeg 696w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-1068x601.jpeg 1068w, https://dplnews.com/wp-content/uploads/2020/04/dplnews_homeoffice_cv-746x420.jpeg 746w" sizes="auto, (max-width: 1800px) 100vw, 1800px" title="Diputados avalan dictamen que regula home office 8"></div>
<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Diputados-avalan-dictamen-que-regula-home-office-20200721-0011.html" rel="nofollow noopener" target="_blank">El Economista</a>  Pilar Martínez</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Comisión de Trabajo y Previsión Social en la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que busca regular el teletrabajo en nuestro país, para lo cual se reformará el artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y se adiciona el capítulo XII Bis, en donde se incluyen cinco artículos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El dictamen propone como definición que el teletrabajo sea considerado como “la forma de organización laboral que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo y utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y empleador”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, los legisladores proponen que el convenio del teletrabajo “por virtud del cual se establece la relación laboral entre el empleador y el teletrabajador”, deberá considerar las condiciones de servicio, los medios tecnológicos y de ambiente requeridos y la forma de ejecutar el mismo en condiciones de tiempo y espacio; las responsabilidades de custodia de equipos, programas y manejo de información que, en su caso le sean otorgados por el empleador; el procedimiento de solicitud, supervisión y entrega del trabajo a realizar; las medidas de productividad y de seguridad informática que debe conocer y cumplir el teletrabajador; y demás disposiciones que establezcan las obligaciones, los derechos y las responsabilidades que deben asumir las partes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En primera instancia, la propuesta se presentó hace dos años en la Cámara de Senadores y se turnó ahora a los diputados, quienes ante la situación que se vive por el Covid-19, que ha obligado a muchas empresas a utilizar el trabajo a distancia, presentaron el dictamen que busca llevar adelante la regulación, una vez que sea votado en el pleno de la Cámara.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Vale la pena destacar que el proyecto adiciona el capítulo XII Bis, integrado por cinco artículos, los cuales contienen: Definición de teletrabajo y teletrabajador; convenio de teletrabajo y condiciones de servicio bajo las que debe de prestarse; equilibrio en la relación laboral de los trabajadores bajo este esquema a fin de gozar de un trabajo decente; las obligaciones y responsabilidades del empleador y del teletrabajador, en materia de seguridad, salud y prevención de riesgos profesionales, sujetos a una Norma Oficial Mexicana, garantizando la intimidad y privacidad del teletrabajador, y el establecimiento de una red nacional de asesoría, promoción y fomento del teletrabajo entre organizaciones sociales, privadas y públicas por parte de las autoridades laborales.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Jornada laboral y prestaciones deben quedar claras</h2>



<p class="wp-block-paragraph">No obstante, expertos en la materia argumentaron que el dictamen se encuentra limitado, entre otras razones porque no profundiza en temas fundamentales como “tiene que ser voluntario; el patrón debe hacerse cargo de los gastos que implique al trabajador en su domicilio; y tiene que garantizar la conciliación entre el horario de trabajo y la vida familiar”, dijo Pablo Franco, presidente de la Unión de Juristas de México.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, añadió que debe vigilarse por la inspección del trabajo que no implique una mayor carga de trabajo para el trabajador, debe respetarse la privacidad y más que buscar una reglamentación general, “se debe permitir que cada centro de trabajo fijen las condiciones dando para ello oportunidad a que sea la negociación colectiva la que determine en última instancia las condiciones en que se prestará el servicio; pero, obviamente con un sindicalismo tan débil como el nuestro eso es muy complicado”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Alfonso Bouzas, coordinador del Observatorio Laboral, comentó que “deben contemplarse una serie de condiciones; debe ir rigurosamente establecida la jornada laboral; las prestaciones laborales y la estabilidad en el empleo, además de los derechos colectivos”, tema que no queda claro en la propuesta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bouzas añadió que se realizarán un encuentro con los legisladores para que se presenten las diversas inquietudes y se tomen en consideración ejemplos como Argentina y España; que están avanzando de mejor manera en la regulación.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Nuevo capítulo de la ley laboral</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">México busca avanzar en la regulación del Teletrabajo y propone incorporar el Capítulo XII Bis en la LFT, con 5 artículos:</p>



<ul class="wp-block-list"><li>330-A. Definición de teletrabajo y teletrabajador</li><li>330-B. Convenio de teletrabajo y condiciones de servicio bajo las que deben operar empleador y teletrabajador.</li><li>330-C. Equilibrio en la relación laboral de los trabajadores bajo este esquema a fin de gozar de un trabajo decente.</li><li>330-D. Contiene las obligaciones y responsabilidades del empleador y del teletrabajador</li><li>En materia de seguridad, salud y prevención de riesgos profesionales, sujetos a una Norma Oficial Mexicana garantizando así los derechos del teletrabajador como el respeto a su intimidad y privacidad.</li><li>330-E. Establecimiento de una red nacional de asesoría, promoción y fomento del teletrabajo entre organizaciones sociales, privadas y públicas por parte de las autoridades laborales.</li></ul>
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