No es nuevo que Brasil busque regulación para las grandes tecnológicas. El tema que se viene discutiendo al menos desde 2020 con el Proyecto de Ley de Noticias Falsas (PL 2630/2020) que cobró nueva importancia tras los atentados del 8 de enero. Tampoco es una sorpresa que el país busque inspirarse en la Ley de Servicios Digitales (DSA) de Europa. El equipo de transición, por ejemplo, ya citó el acto europeo como modelo a seguir.
Según João Victor Archegas, investigador en Derecho y Tecnología de ITS Rio, la regulación europea es integral y toca todos los aspectos de las plataformas digitales, por lo que sirve de inspiración para Brasil.
DPL News hizo una comparación entre el DSA y las propuestas brasileñas –el reemplazo del diputado Orlando Silva (PCdoB) presentado el año pasado y la sugerencia del Ejecutivo este año–, con el objetivo de entender qué puede servir de modelo para Brasil.
DSA
DSA diferencia entre las reglas que se aplican a los servicios que proporcionan infraestructura de red; servicios de hosting, como Cloud y web; plataformas como marketplace y la economía colaborativa; y grandes plataformas en línea, utilizadas por al menos el 10 por ciento de los 450 millones de usuarios de Europa. Aquí se incluyen las Big Tech.
Algunas reglas son comunes a empresas de todo tipo, como los informes de transparencia; protección de los derechos fundamentales de los consumidores; y la cooperación con las autoridades para la ejecución de las órdenes.
Pero el documento aún proporciona, especialmente para las grandes tecnológicas:
- obligaciones de notificación y acción, para la moderación de contenidos;
- mecanismos de apelación para los usuarios;
- prohibición de publicidad dirigida a niños;
- transparencia en el sistema de recomendación (algoritmos).
¿Cómo impacta DSA a las grandes tecnológicas?
En la práctica, los gigantes tecnológicos tendrán que eliminar contenidos ilegales, como discursos de odio, desinformación y venta de productos falsos, para no ser considerados responsables, además de la identificación publicitaria de los usuarios.
Archegas ve este mecanismo de “notificación y acción” como algo negativo. “El usuario puede notificar a la plataforma y, desde el momento en que la plataforma es notificada sobre ese contenido ilegal, debe tomar las acciones apropiadas para que ese contenido no esté disponible. Si no lo hace, ella podría ser responsable”, dijo el experto.
Para él, esto alienta a las plataformas a eliminar más y más contenido para evitar la rendición de cuentas y coloca a la plataforma en la posición de hacer cumplir la legislación.
Un punto positivo de la DSA es la corregulación, que pone al Estado junto a las plataformas para pensar soluciones a desafíos como la desinformación y el discurso de odio. “Establece la creación de una autoridad independiente que revisará los informes de transparencia para identificar posibles riesgos sistémicos y proponer soluciones y cambios en el sistema”, dijo.
El investigador agregó que las big tech recibieron positivamente la regulación –con excepción de algunos puntos, como “notificación y acción”– porque el DSA fue construido junto con las empresas y aporta mayor previsibilidad a sus actividades.
PL de Fake News
Propuesta legislativa
El suplente del PL Fake News presentado por el diputado Orlando Silva el año pasado dedicó gran parte del documento a la obligación de las empresas de presentar informes de transparencia.
También se preocupó por limitar e identificar la publicación de mensajes masivos, porque la promoción de noticias falsas a través de aplicaciones de mensajería era una amenaza para las elecciones más recientes. Y, para las personas que promuevan estas acciones, el texto prevé sanciones penales.
También cabe destacar la remuneración por contenidos periodísticos y la autorregulación regulada, que consiste en la creación de una entidad por parte de los propios proveedores para recibir denuncias sobre contenidos o cuentas. Y la propuesta no indicaba una prohibición de la publicidad dirigida a los niños.
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Propuesta del Ejecutivo
A fines de marzo, el Poder Ejecutivo envió un nuevo texto del Proyecto de Ley de Noticias Falsas al Congreso Nacional para su discusión. La gran noticia es el deber de cuidado de las plataformas en relación con el contenido de terceros, similar al mecanismo de acción y notificación DSA.
Las empresas deben actuar de manera oportuna para mejorar la lucha contra los contenidos ilegales, como los delitos contra el Estado Democrático de Derecho y los delitos de terrorismo. En caso contrario, las plataformas responderán civilmente por los daños y perjuicios derivados de los contenidos de terceros.
La atención a este punto es más clara tras los ataques antidemocráticos del 8 de enero, que fueron convocados a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería.
También estuvo en la agenda el mecanismo de corregulación, inspirado en la DSA, a través de un ente supervisor autónomo para evaluar los informes de transparencia y el cumplimiento del deber de cuidado. A pesar de ello, aún no está claro cuál sería la configuración de este grupo.
La propuesta también determina que las grandes plataformas deben abrir la descripción general de los algoritmos. Y, para el streaming, prohíbe aumentar o reducir artificialmente la frecuencia de obras específicas para favorecer la recomendación de empresas de un mismo grupo económico.
Se mantuvo la retribución por contenidos y la autorregulación regulada, pero el texto ya no prevé la responsabilidad penal de los usuarios por promover información errónea, y prohíbe la elaboración de perfiles de comportamiento de niños y adolescentes para la publicidad dirigida.
Ambas versiones del PL incluyen el deber del Estado de garantizar la educación mediática, para el uso seguro de las aplicaciones de Internet, y el interés público de los perfiles de las personas de la Administración Pública en los mandatos vigentes, evitando la restricción de visionado de publicaciones.
Próximos pasos
Cabe mencionar que existen otras iniciativas para la regulación de plataformas digitales en el gobierno. El Comité de Gestión de Internet (CGI.br), por ejemplo, abrirá una consulta pública el 25 de abril para proponer lineamientos al Estado en materia de regulación y mapear los riesgos.
Y, la semana pasada, el Supremo Tribunal Federal celebró una audiencia pública sobre el Marco de Derechos Civiles para Internet. El artículo 19 de la ley establece que el proveedor de la aplicación de Internet solo puede ser responsable civilmente por daños a contenido de terceros si, después de una orden judicial, no toma medidas para eliminar el contenido. Lo que contradice la propuesta del Ejecutivo para las Fake News PL.
Es un tema urgente y complejo que depende de la maduración de las propuestas antes de convertirse en definitivas.