El Economista Ernesto Piedras
La nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), vigente desde el 17 de julio de 2025, incorporó en sus artículos 103 y 164 una disposición que revive la obligación, ya varias veces propuesta, de presentar una identificación oficial que contenga la CURP para poder activar y usar una línea móvil.
Esta medida busca, en teoría, garantizar la seguridad, prevenir fraudes y dar mayor certeza en la contratación de servicios móviles. Sin embargo, a más de tres meses de la entrada en vigor de la LMTR, la norma sigue sin aplicarse de manera efectiva por una razón fundamental: no se ha creado la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), el nuevo órgano que la Ley contempla como autoridad emisora de lineamientos y verificadora de su cumplimiento.