Una nueva generación de derechos está siendo reconocida alrededor del mundo. Algunos Congresos ya están preguntándose si el impacto de las TIC en la humanidad amerita crear un nuevo orden jurisdiccional, o al menos adaptar los marcos jurídicos ya existentes, tomando en cuenta las nuevas realidades del mundo digital.

Internet atrae y empodera a los ciudadanos, pero al mismo tiempo se convierte en un objetivo de control y en un campo de batalla de intereses”, señala Moisés Barrios Andrés, especialista en derecho digital de la Universidad Carlos III de Madrid, refiriéndose a las oportunidades y riesgos que trae consigo la era digital para el ejercicio de derechos y libertades.

Hoy en día, las formas de convivencia y los paradigmas han cambiado, trastocados por las tecnologías digitales. 

Existen diferentes formas de acceso a la educación, la salud, la justicia, la información y de participación políticas. Y también nuevas amenazas, formas de control sobre la ciudadanía, censura, violencia digital o riesgos para la seguridad.

En atención a este impacto provocado por la transformación digital, que no sólo afecta las industrias sino todas las esferas de la vida, cada vez cobra mayor relevancia que los órganos legislativos reflexionen acerca de la importancia de reconocer una nueva ola de derechos y sus límites.

Chile ha sido un precursor en la materia en América Latina. Desde 2021 y hasta 2022, la Convención Constitucional del país comenzó a redactar una propuesta constitucional que incluía un catálogo de derechos digitales, como el de acceso a Internet, protección de los datos personales, seguridad cibernética y a vivir una vida libre de violencia en el entorno digital.

La propuesta de Carta Magna no tuvo la aprobación mayoritaria en el plebiscito que se llevó a cabo en diciembre de 2022. Sin embargo, el texto marcó un precedente en la discusión en la materia en la región, porque reconocía la importancia de las TIC y la necesidad de brindar seguridad jurídica, ya sea a través de la vía constitucional o legal.

En otras regiones del mundo, España ya había adoptado en 2021 una Carta de Derechos Digitales, un documento que busca ser un marco de referencia para futuras normativas en la materia. También la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales contemplaba desde hace un par de años este catálogo de garantías.

Si revisamos las bases de datos de los proyectos de ley ingresados en los congresos latinoamericanos, encontraremos que una parte de ellos se refieren a la era digital, las tecnologías, sus implicaciones y los nuevos códigos de conducta que enmarcan. Se trata de una discusión relativamente novedosa pero actual y urgente.

Resulta necesario que el reconocimiento de los derechos digitales determine obligaciones por parte del Estado, pero también se tendrá que comprender la influencia de los sujetos privados y las intervenciones de las empresas tecnológicas (sobre todo, las de mayor poder) en el ejercicio de estos derechos.

Barrios Andrés sostiene que la discusión acerca de los derechos digitales debe hacerse de forma armónica y evitar “concepciones maniqueas”, a fin de que se contribuya “a un desarrollo sostenible que oriente a los sectores público y privado hacia una transformación digital de nuestro mundo”.

Sin embargo, en la reflexión también han aparecido algunos proyectos que buscan reconocer de alguna manera los derechos digitales. Es indispensable brindar garantías, pero es igual de importante que, en aras de legislar y crear marcos normativos, no se ahogue la dinámica de innovación propia de la era digital

En México, por ejemplo, el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información publicó una carta de derechos para la persona digital, un documento que contiene lineamientos para reconocer derechos como el de identidad digital o proteger los llamados neuroderechos, temas de los que aún se desconoce el alcance real.

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