Portugal determina el fin de las ofertas zero-rating

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La Autoridad Nacional de Comunicaciones (Anacom) de Portugal ordenó a los proveedores de servicios de acceso a Internet interrumpir las ofertas zero-rating y similares, que violan la neutralidad de la red. Según la Anacom, un volumen de tráfico de determinadas aplicaciones superior al tráfico general puede “condicionar y distorsionar la elección de los usuarios para acceder a Internet”.

La Autoridad entiende que una gran diferencia entre los tipos de plafonds (planes) puede incitar a los usuarios a utilizar más contenido de tarifa cero (zero-rated), en detrimento de otras aplicaciones.

Además, la Anacom notó que en los últimos años ha habido un aumento en el número de ofertas zero-rating o similares, mientras que los plafonds generales no han sufrido cambios significativos.

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Determinación

La interrupción de los planes que discriminan el tráfico de aplicaciones deberá realizarse dentro de los 20 días hábiles para nuevas ofertas y dentro de los 90 días hábiles para el caso de contratos vigentes.

La Autoridad también decidió que los proveedores deben enviar, dentro de los 90 días hábiles, información detallada sobre cambios en las ofertas, además de la información revelada a los usuarios finales.

Finalmente, la Anacom recomendó poner a disposición mayores volúmenes de datos para el acceso general a Internet, “al menos equivalente al volumen total de datos que los usuarios tienen actualmente disponibles”. El objetivo es minimizar los posibles impactos en los clientes.

En 2018, la Anacom ya había recomendado a los proveedores aproximar el volumen de tráfico general y específico para determinadas aplicaciones, “preferiblemente a través del aumento de volúmenes de tráfico de plafonds generales”. Esto se debe a que las empresas ofrecieron un plafond específico con un volumen superior al plan general de datos.

A pesar de la determinación, la Autoridad identificó que las ofertas zero rating o similares han aumentado en Portugal, mientras que los plafonds generales no han sufrido cambios significativos en los últimos años. Es decir, no hay evidencia de que la recomendación de la Anacom haya sido aceptada por los proveedores.

Orientaciones

La decisión se basó en el Reglamento de Internet Abierta, el cual establece que los proveedores deben tratar el tráfico de manera equitativa, “sin discriminación, restricciones o interferencias, e independientemente del remitente y el receptor, el contenido accedido o distribuido, las aplicaciones o servicios utilizados o proporcionados, o el equipo terminal utilizado”.

La Autoridad también tuvo en cuenta la orientación del Berec (Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas), que entiende que la obligación de tratar todo el tráfico por igual no se trata sólo de las prácticas de gestión del tráfico, sino también de las ofertas comerciales del proveedor, como precios diferenciados.

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