Perú modernizará sus puertos marítimos gracias a nueva normatividad

Perú publicó una ley para promover el cabotaje marítimo de pasajeros y carga: el MTC implementará programas de innovación de la infraestructura logística y tecnológica en los puertos peruanos.

Este 6 de junio se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 32049, que modifica el artículo 4 del Decreto Legislativo 1413, “para promover y facilitar el transporte marítimo en tráfico de cabotaje de pasajeros y de carga”.

La ley entiende por cabotaje a “aquella operación de transporte de carga o de pasajeros, de origen nacional para destino nacional, que se realiza a través de puertos de la República”.

Cabotaje marítimo

La norma establece que “el tráfico de cabotaje marítimo de pasajeros y de carga es realizado por persona natural o persona jurídica constituida en el Perú o en el extranjero, con capital social de origen nacional o extranjero”.

Respecto al financiamiento, establece que correrá por cuenta del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) “sin demandar recursos adicionales al tesoro público”.

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Según la ley, el MTC también será el órgano encargado de promover programas de innovación supervisados de carácter temporal en materia de políticas públicas y regulación “con la finalidad de incentivar la consolidación de la carga y el desarrollo de infraestructura logística y tecnológica”.

Esto, en aras de impulsar y facilitar el servicio de transporte acuático comercial de carga en tráfico de cabotaje, teniendo en cuenta “la innovación, la protección a los consumidores, la eficiencia regulatoria y la promoción de la libre competencia”.

Innovación portuaria

La Ley N° 32048, que modifica la Ley del Sistema Portuario Nacional, publicada también el 6 de junio en la Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, incentivará una mayor inversión en infraestructura portuaria.

Mediante esta nueva normativa, el titular de un puerto privado de uso público que cuente con habilitación portuaria podrá ofrecer servicios portuarios de manera exclusiva, siempre que tenga la aprobación de la Autoridad Portuaria Nacional, tal como sucede con los concesionarios que cuentan con un contrato que establece las condiciones y obligaciones bajo las cuales operan los terminales portuarios concesionados.

Además, permitirá que los contratos de concesión de puertos puedan prorrogarse hasta por 30 años, bajo criterios técnicos que serán establecidos en la reglamentación.

El ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes, expuso que la modificación de la Ley del Sistema Portuario y la nueva ley de cabotaje impulsarán el desarrollo y la competitividad de los puertos del país y fomentarán las inversiones en el sector.

“Esto es un paso importante para el desarrollo portuario y logístico de nuestro país, pues abre un abanico de oportunidades para el crecimiento, la competitividad y la generación de empleo en diferentes regiones”, declaró luego de que la presidenta de Perú, Dina Boluarte, firmara la promulgación de ambas normas en una ceremonia celebrada en el Palacio de Gobierno.