El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró hoy infundado los recursos de apelación presentados por las empresas operadoras Telefónica del Perú y Entel, y confirmó las multas que le fueran impuestas en primera instancia por 663.2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a dos millones 918,080 soles.
Mediante la resolución de Consejo Directivo 174-2021-CD/Osiptel, publicada hoy en el diario El Peruano, el ente regulador confirmó la aplicación de las multas por 120 UIT (528,000 soles) y 280 UIT (1 millón 232,000 soles) por objetar indebidamente 111,463 consultas previas, mecanismo que permite al concesionario receptor verificar en tiempo real la viabilidad de un eventual procedimiento de portabilidad, y 38,643 solicitudes de portabilidad realizadas por los usuarios de Telefónica.
Se tratan de infracciones tipificadas como graves y muy graves respectivamente, en el Texto Único Ordenado (TUO) del reglamento de Portabilidad en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija, señaló.
En el caso de Entel, el organismo regulador, a través de la resolución de Consejo Directivo 176-2021/Osiptel, publicada hoy en El Peruano, confirmó las multas por 113.2 UIT (498,080 soles) y 150 UIT (660,000 soles) por inconductas tipificadas como graves en el reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, respecto a la entrega de información al Osiptel.
Con las resoluciones publicadas por el Osiptel se agota la vía administrativa, aseveró el regulador de las telecomunicaciones en el país.
Los recursos obtenidos por las multas impuestas a las empresas operadoras por parte de Osiptel no constituyen ingresos para el regulador, sino que son destinados al fondo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), indicó.
Pronatel es la organización que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para las poblaciones rurales y está adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), puntualizó.