Perú actualiza normativa a favor de los usuarios de telecomunicaciones

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) de Perú publicó una nueva Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones “actualizada al contexto del mercado y el avance tecnológico” y, según detalló el regulador, con una redacción más clara y accesible para empoderar a los usuarios de servicios móviles, telefonía fija, televisión de paga e Internet.

A través de la Resolución N.° 000132-2025-CD/OSIPTEL y publicada en el Diario Oficial El Peruano el viernes 26 de diciembre de 2025, el regulador realizó cambios de fondo y forma en la redacción, estructura y tipificación de la norma que ahora está contenida en 94 conductas.

Respecto a las modificaciones de fondo, se eliminaron las disposiciones de servicios que se encuentran en desuso por parte de los usuarios, como la locución, las tarjetas de pago, las guías de abonado, el directorio de números telefónicos, la casilla de voz, entre otros.

Adicionalmente, modificó el plazo del trámite de migración entre los operadores para que se ejecute en la fecha que el abonado establezca, por lo que ya no deberá esperarse hasta el siguiente ciclo de facturación. El plazo de la baja del servicio también disminuyó de cinco a un día hábil.

En cuanto a la atención a clientes, la norma estipula que toda empresa operadora que cuente con más de 500,000 abonados debe tener aplicativos móviles y Web que permitan la autogestión las 24 horas los siete días de la semana de trámites como la migración, baja y suspensión de servicios, así como presentación de reclamos, quejas y aplicaciones.

Flexibilización y devoluciones

Según la norma, también se flexibilizaron diversos procesos regulatorios: entre ellos, trámites calificados como baja o medianamente críticos, como el hecho de que el operador permitirá que el abonado designe un contacto autorizado para que lo pueda representar, sin necesidad de contar con una carta poder legalizada ante un notario o juez de paz.

En lo referente a los trámites y la contratación de servicios, a excepción de los móviles, las empresas determinarán los mecanismos tanto para la validación de identidad como la obtención de la manifestación de voluntad expresa de los abonados. Para ello, deberán enviar el listado de sus mecanismos de contratación dentro de los 60 días calendarios, contados a partir de la publicación de la norma.

Finalmente, a fin de proteger los derechos de los usuarios, también se exige que las empresas devuelvan los montos pagados de manera indebida, en exceso o adelantados, como aquellos producidos ante una suspensión o baja del servicio, incluyendo la portabilidad, sin la necesidad de que el abonado lo solicite previamente.